Sept. 17, 2026

Abogado explica cómo recuperar 5% del IVA y deducir hasta el 50% de renta al comprar carro eléctrico

Abogado explica cómo recuperar 5% del IVA y deducir hasta el 50% de renta al comprar carro eléctrico
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00:00:03.180 --> 00:00:05.839
Muy bien, seguimos en La Luciérnaga, seguimos en Caracol Radio

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00:00:05.860 --> 00:00:08.099
y seguimos desde Villa de Leyva en el Festival de

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00:00:08.179 --> 00:00:11.189
las Ideas. Seguimos aquí, siguen pasando nuestras enfermeras que van

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00:00:11.210 --> 00:00:14.570
a llevarle en este momento las pastillitas a Polilla y

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00:00:14.710 --> 00:00:17.809
a George Pinzón. Pero bueno, señores, los estamos acompañando con

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00:00:17.850 --> 00:00:20.309
el Festival de las Ideas aquí en Caracol Radio. Mañana

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00:00:20.370 --> 00:00:23.429
toda la información con grandes personajes durante todo el día,

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00:00:23.500 --> 00:00:26.059
desde las seis de la mañana hasta La Luciérnaga y

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00:00:26.179 --> 00:00:28.879
hora veinte aquí en el Festival de las Ideas. Bueno,

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00:00:29.120 --> 00:00:33.140
estamos en boga y en explosión de venta de carros eléctricos, híbridos,

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00:00:33.219 --> 00:00:37.100
híbridos enchufables, y estamos también en comunicación con Juan Esteban Beltrán,

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00:00:37.140 --> 00:00:41.560
es abogado especialista en derecho tributario, porque queremos saber cómo

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00:00:41.659 --> 00:00:45.740
funcionan los beneficios tributarios, lo que nos podemos ahorrar en

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00:00:45.780 --> 00:00:48.719
una declaración de renta, ya me corregirá él si eso

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00:00:48.759 --> 00:00:52.619
está bien, al comprar un vehículo eléctrico. Juan Esteban, bienvenido

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00:00:52.649 --> 00:00:56.429
a La Lucierna,¿ cómo estamos? Hola Gabriel, buenas tardes,¿ cómo estás? Bueno,

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00:00:57.909 --> 00:01:01.530
me compro un vehículo eléctrico. Vamos a hacer fácil la tarea.

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00:01:01.649 --> 00:01:04.819
Me compro un vehículo eléctrico de 100 millones de pesos.¿

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00:01:05.579 --> 00:01:08.650
Qué pasa?¿ Qué beneficio tributario estoy teniendo al comprarme un

20
00:01:08.670 --> 00:01:12.049
vehículo eléctrico, híbrido? Usted me corrige si tiene que ver

21
00:01:12.129 --> 00:01:14.939
con toda la gama de los híbridos y de los eléctricos.¿

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00:01:15.310 --> 00:01:18.060
Qué pasa y a qué tengo derecho cuando hago esto, señor?

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00:01:18.739 --> 00:01:22.560
Bueno Gabriel, pues mira, como bien lo dijiste, estamos en

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00:01:22.620 --> 00:01:26.560
un boom de la compra de vehículos eléctricos, híbridos e

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00:01:26.579 --> 00:01:29.709
híbridos ligeros y estos son beneficios que vienen desde la

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00:01:29.750 --> 00:01:30.909
ley 1715 del 2014. Si tú, como dices, compramos hoy...

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00:01:34.859 --> 00:01:39.420
Un vehículo híbrido o eléctrico de 100 millones, primero tenemos

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00:01:40.120 --> 00:01:43.469
un beneficio tributario que es, digamos, el más llamativo y

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00:01:43.530 --> 00:01:46.189
es que el IVA del 5% que se genera como

30
00:01:46.230 --> 00:01:48.689
consecuencia de la compra de este vehículo, es decir, en

31
00:01:48.730 --> 00:01:51.790
este caso los 5 millones de pesos, Tú los puedes

32
00:01:51.849 --> 00:01:54.849
pedir en devolución, ¿listo? Tú los pagas en el concesionario,

33
00:01:55.310 --> 00:01:58.090
pero luego vas a la UFME, que es la Unidad

34
00:01:58.109 --> 00:02:01.150
de Planeación Mineral Energética, te da un certificado y luego

35
00:02:01.189 --> 00:02:03.310
puedes ir a pedirle la devolución de ese IVA pagado

36
00:02:03.329 --> 00:02:06.780
a la administración tributaria. Digamos que ese es uno de

37
00:02:06.799 --> 00:02:10.139
los beneficios más llamativos que tienes. El segundo es que

38
00:02:10.199 --> 00:02:13.659
la norma te permite, Gabriel... que de esos 100 millones

39
00:02:13.719 --> 00:02:17.069
de pesos que pagaste por el vehículo puedas llevar en

40
00:02:17.189 --> 00:02:20.409
tu declaración de renta una deducción de hasta el 50%

41
00:02:20.409 --> 00:02:25.750
del valor del vehículo.¿ De acuerdo? Ahora, esto es importante

42
00:02:25.830 --> 00:02:29.949
tener en cuenta que nosotros, las personas naturales, tenemos una

43
00:02:30.009 --> 00:02:34.439
limitación y es que anualmente nosotros no podemos llevar deducciones

44
00:02:34.460 --> 00:02:40.000
que superen 1.340 buetes que para este año son más

45
00:02:40.020 --> 00:02:44.439
o menos 66 millones de pesos. Entonces, esos 50 millones

46
00:02:44.500 --> 00:02:48.289
de pesos que tú puedes llevar como deducción no pueden

47
00:02:48.349 --> 00:02:52.050
superar en ningún periodo grabable esos 60 millones.¿ Qué es

48
00:02:52.069 --> 00:02:54.900
lo que pasa? Que a esos 60 millones está incluida

49
00:02:55.409 --> 00:02:59.580
la medicina prepagada, el dependiente económico y los demás beneficios

50
00:02:59.620 --> 00:03:03.039
tributarios a los que pueda tener acceso la persona natural. Entonces,

51
00:03:03.259 --> 00:03:05.620
si bien por un lado tienes derecho a llevar ese

52
00:03:05.620 --> 00:03:09.120
50% del valor del vehículo, digamos que vas a encontrar

53
00:03:09.159 --> 00:03:12.699
una limitación importante. Ahora, ten en cuenta que la norma

54
00:03:12.840 --> 00:03:17.550
permite que tú puedas llevar ese 50% del valor del

55
00:03:17.569 --> 00:03:23.289
vehículo hasta en 15 años. Luego tienes ahí La posibilidad, Gabriel,

56
00:03:23.759 --> 00:03:27.800
digamos de sí tener un beneficio dentro de tu declaración

57
00:03:27.840 --> 00:03:30.060
de renta de una minoración de la base grabable y

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00:03:30.080 --> 00:03:33.069
por lo tanto eventualmente pagar un menor impuesto de renta.

59
00:03:33.849 --> 00:03:37.969
Importantísimo saberlo. Creo que había mucho desconocimiento alrededor y creo

60
00:03:38.009 --> 00:03:40.750
que a eso se debe también. Quería preguntarle por eso.

61
00:03:42.349 --> 00:03:46.449
Están saliendo una cantidad de personas en redes sociales que

62
00:03:46.689 --> 00:03:49.840
están cobrando por hacer el trámite. Venga, le ayudo, no

63
00:03:49.960 --> 00:03:53.300
pierda el beneficio. Le tramitamos la situación porque hay unas

64
00:03:53.340 --> 00:03:55.199
dificultades con la página de la DIAN. Yo no sé

65
00:03:55.620 --> 00:03:57.740
si ustedes en su firma han notado eso, si les

66
00:03:57.780 --> 00:04:01.280
han llegado personas con esa novedad de que tienen dificultades

67
00:04:01.379 --> 00:04:04.870
para hacerlo por su cuenta social. Y no sé si

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00:04:04.909 --> 00:04:07.270
es necesario un abogado o un tributarista que ayude a

69
00:04:07.310 --> 00:04:09.550
tramitarlo o uno lo puede hacer solo porque hay mucha

70
00:04:09.590 --> 00:04:11.590
gente a la que le están cobrando para acceder a

71
00:04:11.650 --> 00:04:12.189
ese beneficio.

72
00:04:14.259 --> 00:04:18.069
Qué es lo que pasa? Digamos que ese boom de

73
00:04:18.129 --> 00:04:22.610
asesorías que muchas veces son generadas incluso en el mismo

74
00:04:22.670 --> 00:04:26.410
concesionario donde tú adquieres el vehículo, te suelen decir, oye, ven,

75
00:04:26.430 --> 00:04:29.629
yo te ayudo a tramitar la devolución de IVA. Generalmente

76
00:04:29.730 --> 00:04:32.850
se refiere a la devolución del impuesto sobre las ventas.¿

77
00:04:33.290 --> 00:04:37.149
Qué es lo que pasa? El pasado 7 de agosto

78
00:04:37.180 --> 00:04:42.300
del 2026, la UB... Actualizó el procedimiento para la solicitud

79
00:04:42.360 --> 00:04:44.240
de ese impuesto sobre las ventas a través de la

80
00:04:44.300 --> 00:04:49.959
resolución 563 del 2026. No es que necesites un tributarista

81
00:04:50.079 --> 00:04:54.060
para solicitar la certificación en la UFME, pero sí que

82
00:04:54.120 --> 00:04:57.170
puedes llegar a necesitar ayuda de alguien que sí sepa

83
00:04:57.910 --> 00:05:01.470
manejar la página de la DIAN para solicitar la devolución

84
00:05:01.509 --> 00:05:07.189
de IVA.¿ De acuerdo? Ahora, para tú llevar... la deducción

85
00:05:07.250 --> 00:05:10.269
especial del 50% del valor del vehículo en tu declaración

86
00:05:11.589 --> 00:05:15.930
seguramente lo podrás manejar con tu contador nosotros en Cabel

87
00:05:15.970 --> 00:05:21.610
y Abogados hemos notado algunas dificultades operativas dentro de la

88
00:05:21.689 --> 00:05:24.230
página porque lo que a veces pasa es que la

89
00:05:24.350 --> 00:05:27.949
regulación que sale escrita no siempre sale de inmediato dentro

90
00:05:27.990 --> 00:05:31.050
del sistema entonces pasamos a lo que nosotros en el

91
00:05:31.170 --> 00:05:34.170
Argot Popular llamamos estamos en la legislación del sistema que

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00:05:34.189 --> 00:05:36.149
no necesariamente se compadece con lo que está

93
00:05:37.889 --> 00:05:41.300
Juan Esteban, una pregunta final, dos preguntas ya finales y brevemente.¿

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00:05:41.790 --> 00:05:45.519
Lo puedo hacer desde mi empresa jurídica?¿ Desde una SAS

95
00:05:45.600 --> 00:05:48.459
puedo tener eso? Y dos, algo que también hemos visto,

96
00:05:48.860 --> 00:05:51.160
si voy a vender el carro antes de que cumpla

97
00:05:51.420 --> 00:05:54.860
la vida útil,¿ tendría que devolver también algo de esos

98
00:05:55.019 --> 00:05:56.050
beneficios que tengo a la DIAN?

99
00:05:58.230 --> 00:06:02.389
Dos preguntas muy importantes, Gabriel. La primera,¿ lo puedes hacer

100
00:06:02.449 --> 00:06:06.449
desde una sociedad?¿ Qué adicionalmente tienes como beneficio si lo

101
00:06:06.490 --> 00:06:09.689
haces a través de una sociedad que tienes una depreciación

102
00:06:09.750 --> 00:06:14.009
acelerada del vehículo? Lo puedes llevar en tres años, ¿vale? Ahora,

103
00:06:16.439 --> 00:06:18.740
si tú vendes el vehículo, y esta fue una posición

104
00:06:18.800 --> 00:06:21.639
que salió recientemente en la doctrina de la administración tributaria,

105
00:06:21.680 --> 00:06:26.759
es que si tú vendes el vehículo antes de terminar

106
00:06:26.879 --> 00:06:32.170
su vida útil, y tomaste los beneficios que están contenidos

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00:06:32.189 --> 00:06:39.209
en la ley 1715, tienes que devolver los beneficios que

108
00:06:39.310 --> 00:06:43.259
fiscalmente te tomaste. Esto para efectos fiscales se conoce como

109
00:06:43.300 --> 00:06:46.439
una renta líquida por recuperación de deducciones. Y para poner

110
00:06:46.480 --> 00:06:49.930
un ejemplo sencillo, si tú compraste el carro de 100 pesos,

111
00:06:50.889 --> 00:06:54.769
Llevas tomando la deducción especial y la depreciación acelerada y

112
00:06:54.790 --> 00:06:57.709
te has tomado 40 pesos dentro de tu declaración y

113
00:06:58.250 --> 00:07:01.829
vendes el vehículo. Esos 40 pesos que tomaste en tus

114
00:07:01.889 --> 00:07:06.019
declaraciones los llevas en la declaración de renta del periodo

115
00:07:06.040 --> 00:07:08.620
grave en que vendiste el vehículo y debes pagar un

116
00:07:08.680 --> 00:07:13.240
impuesto de renta del 35 por ciento. Entonces. tienes que

117
00:07:13.300 --> 00:07:16.120
tener en cuenta que la idea de tomar esos beneficios

118
00:07:16.199 --> 00:07:19.579
es tomar o tener el vehículo durante la vida útil

119
00:07:20.079 --> 00:07:24.139
para que, digamos, el beneficio tributario lo vea reflejado. Pero Gabriel,

120
00:07:24.819 --> 00:07:28.459
un punto importante, no tienes que devolver el IVA. Si

121
00:07:28.540 --> 00:07:31.290
tú haces el trámite, te devuelven el IVA que pagaste

122
00:07:31.310 --> 00:07:33.769
en la adquisición del vehículo y después lo vendes, el

123
00:07:33.810 --> 00:07:36.009
IVA no lo tienes que devolver a la administración tributaria.

124
00:07:36.930 --> 00:07:41.000
Ok, muy bien, pues Juan Esteban Beltrán, muchas gracias. Cabelier Abogados,¿

125
00:07:41.040 --> 00:07:42.560
dónde podemos tener más información, Juan Esteban?

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00:07:43.420 --> 00:07:50.829
En nuestra página de internet, www.cabelierabogados.com, allí estamos prestos para atenderlos. Perfecto, señor,

127
00:07:50.910 --> 00:07:52.990
muchas gracias. Esta es La Luciérnaga, esto es Caracol Radio.