May 21, 2023
RD 2271/2004 - Acceso al empleo público y provisión de las personas con discapacidad
RD 2271/2004 - Acceso al empleo público y provisión de las personas con discapacidad.
El vídeo de la explicación en https://youtu.be/gOWHF6UHlUs
RD 2271/2004 - Acceso al empleo público y provisión de las personas con discapacidad.
El vídeo de la explicación en YOUTUBE
El vídeo de la explicación en YOUTUBE
1
00:00:00,920 --> 00:00:03,770
Muy buenas en el vídeo de hoy
vamos a ver el Real Decreto
2
00:00:03,780 --> 00:00:08,330
Legislativo 2271 de 2004, de 3
de diciembre, por el que se
3
00:00:08,340 --> 00:00:10,440
regula el acceso al empleo
público de la provisión de
4
00:00:10,450 --> 00:00:12,550
puestos de trabajo de personas
con discapacidad.
5
00:00:13,220 --> 00:00:15,250
Vamos a salir que tenemos,
tenemos una disposiciones
6
00:00:15,260 --> 00:00:18,110
generales, una reserva de plazas
para personas con discapacidad,
7
00:00:18,120 --> 00:00:20,200
unos desarrollo de los procesos
selectivos, unos puestos de
8
00:00:20,210 --> 00:00:22,910
trabajo y otras medidas.
Las disposiciones generales
9
00:00:22,920 --> 00:00:25,810
lógicamente que nos encontramos
en el ámbito de aplicación.
10
00:00:25,820 --> 00:00:27,960
¿Qué nos dice esto?
Las personas con cualquier tipo
11
00:00:27,970 --> 00:00:31,110
de discapacidad tendrán derecho
a acelerar empleo público.
12
00:00:31,180 --> 00:00:34,180
Genial, pero todo ello inspirará
una serie de principios que son
13
00:00:34,190 --> 00:00:36,660
los principios de igualdad de
oportunidades, no discriminación
14
00:00:36,670 --> 00:00:39,740
y accesibilidad universal y
compensación de desventaja.
15
00:00:40,420 --> 00:00:45,260
¿Pero Claro, qué entendemos por
persona con discapacidad de cara
16
00:00:45,270 --> 00:00:47,980
a esta norma o de cara al acceso
al empleo público?
17
00:00:48,990 --> 00:00:51,880
Pues para ello tenemos que irnos
al artículo cuatro del Real
18
00:00:51,890 --> 00:00:55,970
Decreto uno 2013 que conoces y
que del que tenemos vídeo por el
19
00:00:55,980 --> 00:00:57,820
que se aprueba el texto
refundido de la Ley General de
20
00:00:57,830 --> 00:00:59,840
Derechos de Personas con
discapacidad y de su inclusión
21
00:00:59,850 --> 00:01:01,160
social.
¿Ya si nos vale también como
22
00:01:01,170 --> 00:01:02,900
repaso, qué nos dice ese
artículo?
23
00:01:02,910 --> 00:01:05,910
Cuatro me dice que son personas
con discapacidad aquellas que
24
00:01:05,920 --> 00:01:08,720
presentan deficiencias físicas,
mentales e intelectuales,
25
00:01:08,730 --> 00:01:12,680
sensoriales previsiblemente
permanentes, que al interactuar
26
00:01:12,690 --> 00:01:15,440
con diversas barreras, puedan
impedir su participación plena y
27
00:01:15,450 --> 00:01:19,090
efectiva a la sociedad en
igualdad de condiciones con los
28
00:01:19,100 --> 00:01:21,430
demás.
Eso es una definición, pero es
29
00:01:21,440 --> 00:01:24,090
que también nos dice, esto
tendrán la consideración de
30
00:01:24,100 --> 00:01:26,660
personas con discapacidad
aquellas a quienes se les haya
31
00:01:26,670 --> 00:01:30,470
reconocido 1° de discapacidad
igual o superior al 33%.
32
00:01:30,480 --> 00:01:34,150
Y esto te suena un montón y
esto es lo que realmente hace
33
00:01:34,160 --> 00:01:36,040
falta.
Este certificado, con ese
34
00:01:36,050 --> 00:01:38,080
porcentaje de grado de
discapacidad igual o superior al
35
00:01:38,120 --> 00:01:41,230
3 por 100 es el que hace falta
para presentarlo en estas
36
00:01:41,240 --> 00:01:44,430
convocatorias y el que se nos
abre la puerta para poder
37
00:01:44,440 --> 00:01:47,210
acceder a este tipo de norma y
es realmente lo que te pueden
38
00:01:47,220 --> 00:01:50,210
preguntar en el examen igual o
superior al 3 por 100.
39
00:01:50,450 --> 00:01:52,620
Pero es que tampoco se queda
aquí.
40
00:01:52,660 --> 00:01:54,300
Este real Decreto amplía un poco
más.
41
00:01:54,530 --> 00:01:57,940
También se va a considerar que
tienen discapacidad en 1° igual
42
00:01:57,950 --> 00:02:01,360
o superior al 3% las personas
que sean pensionistas de la
43
00:02:01,370 --> 00:02:03,720
seguridad que tengan reconocida
una pensión de incapacidad
44
00:02:03,730 --> 00:02:07,720
permanente en cualquiera de sus
3° la total absoluta o gran
45
00:02:07,730 --> 00:02:10,940
invalidez o las personas
pensionistas de clases pasivas
46
00:02:10,949 --> 00:02:13,820
que tengan reconocida también
una jubilación por retiro de
47
00:02:13,830 --> 00:02:16,120
incapacidad permanente para el
servicio o inutilidad.
48
00:02:16,530 --> 00:02:18,940
¿Vale, o sea, que cuando tenemos
reconocida una jubilación por
49
00:02:18,950 --> 00:02:21,410
incapacidad permanente, en
cualquiera de sus 3°, ya sea la
50
00:02:21,420 --> 00:02:24,400
seguridad social?
O en clases pasivas como para
51
00:02:24,440 --> 00:02:25,910
permanente para el servicio o
inutilidad.
52
00:02:25,920 --> 00:02:29,390
Se va a entender que tenemos 1°
de discapacidad igual o superior
53
00:02:29,400 --> 00:02:32,160
al 33%.
¿Pero como ya te he dicho aquí,
54
00:02:32,170 --> 00:02:35,010
lo que vale realmente es tener
el certificado en la mano igual
55
00:02:35,020 --> 00:02:37,130
o superior al 3 por 100 y no
sabe la puerta, vale?
56
00:02:37,360 --> 00:02:39,410
Con el certificado en la mano,
entonces podemos pasar a la
57
00:02:39,420 --> 00:02:41,390
reserva de plazas de personas
con discapacidad.
58
00:02:42,110 --> 00:02:44,050
¿Qué ocurre ahora?
Fíjate lo que dice este real
59
00:02:44,060 --> 00:02:46,850
decreto.
Mantiene la reserva de un cupo
60
00:02:46,860 --> 00:02:50,900
no inferior al 5% al 5% de
personas con discapacidad.
61
00:02:51,270 --> 00:02:53,160
¿Te suena raro, verdad?
¿Te chirría?
62
00:02:53,810 --> 00:02:56,160
¿Qué hacemos?
¿Pues nos vamos a deber?
63
00:02:56,230 --> 00:02:59,700
¿Artículo 59 o mejor aún, te voy
a subir la apuesta?
64
00:03:00,030 --> 00:03:04,860
Vámonos a la orden de hacienda y
función pública 688 del 2017,
65
00:03:05,090 --> 00:03:07,450
que es por la que se establecen
las bases comunes que regirán
66
00:03:07,460 --> 00:03:09,410
los procesos selectivos de
ingreso o acceso a los cuerpos o
67
00:03:09,420 --> 00:03:10,920
escalas de la administración
general del Estado.
68
00:03:11,870 --> 00:03:14,490
Hay que estudiar esta orden, no
lo veo necesario.
69
00:03:14,500 --> 00:03:17,950
Una leída si tienes un poco de
tiempo libre, sí, por más o
70
00:03:17,960 --> 00:03:20,990
menos saber al en en en lo que
te estás metiendo.
71
00:03:21,000 --> 00:03:23,190
Realmente, si estás opositando.
Administración general del
72
00:03:23,200 --> 00:03:27,000
Estado, dónde vamos dentro de
esta orden, 678 2017 a su
73
00:03:27,010 --> 00:03:29,810
apartado 12º al artículo 12 o al
apartado 12.
74
00:03:29,960 --> 00:03:31,790
¿Qué nos dice?
Esto es casi lo mismo que le
75
00:03:31,800 --> 00:03:34,780
vale, no te voy a liar.
Las convocatorias de las pruebas
76
00:03:34,790 --> 00:03:37,720
selectivas correspondientes a la
oferta de empleo público deberán
77
00:03:37,730 --> 00:03:41,900
incluir y aquí sí un cupo no
inferior al 7% de las plazas
78
00:03:41,910 --> 00:03:45,640
vacantes para ser cubiertas con
personas con discapacidad, que
79
00:03:45,650 --> 00:03:47,270
entendemos como personas con
discapacidad.
80
00:03:47,280 --> 00:03:49,600
El apartado 2 del artículo
cuatro del Real Decreto
81
00:03:49,610 --> 00:03:54,270
Legislativo uno 2013 es igual o
superior al 3%, o sea Q no
82
00:03:54,280 --> 00:03:57,080
inferior al 7% para personas con
discapacidad.
83
00:03:57,530 --> 00:04:00,180
Siempre cuidado con esto, que
también lo tenemos en leve y a
84
00:04:00,190 --> 00:04:02,760
veces lo pasamos por alto este
detalle, siempre que superen el
85
00:04:02,770 --> 00:04:05,650
proceso selectivo.
Acrediten su discapacidad, su
86
00:04:05,660 --> 00:04:08,180
discapacidad y que haya
compatibilidad para el desempeño
87
00:04:08,190 --> 00:04:11,070
en las tareas que tiene que
realizar, de modo que
88
00:04:11,080 --> 00:04:15,130
progresivamente se alcance el
que mi no inferior al 7%, de
89
00:04:15,140 --> 00:04:19,070
modo que progresivamente se
alcance el 2% de los efectivos
90
00:04:19,079 --> 00:04:22,050
totales de cada administración
pública.
91
00:04:22,089 --> 00:04:24,190
¿Esos pequeños detallitos que
nos pueden preguntar a los
92
00:04:24,200 --> 00:04:27,960
exámenes, vale, tenemos un 7 y
tenemos un 2, qué nos falta?
93
00:04:28,000 --> 00:04:31,550
Nos falta otro 2 la reserva de
ese mínimo del 7% que se
94
00:04:31,560 --> 00:04:34,120
realizará de manera que al
menos.
95
00:04:34,500 --> 00:04:37,680
Vale menos el 2% de plazas
reservadas, lo sea para ser
96
00:04:37,690 --> 00:04:40,420
personal, para ser cubierto con
personas con discapacidad
97
00:04:40,470 --> 00:04:43,360
intelectual y que el resto de
plazas sean ofertadas para ser
98
00:04:43,370 --> 00:04:45,680
cubiertas por personas que
acrediten cualquier otro tipo de
99
00:04:45,690 --> 00:04:47,660
discapacidad.
Vale y luego ya será el
100
00:04:47,670 --> 00:04:49,540
Ministerio de Hacienda y función
pública, que realiza la
101
00:04:49,550 --> 00:04:52,080
distribución de estas plazas,
dando preferencia a vacantes y a
102
00:04:52,090 --> 00:04:55,220
cuerpos y escalas donde resulte
más compatible la existencia de
103
00:04:55,230 --> 00:04:58,100
estas plazas con con ese con ese
tipo de discapacidades, etc.
104
00:04:58,890 --> 00:05:01,700
¿Qué tenemos entonces?
Tenemos nuestra forma de juego,
105
00:05:01,710 --> 00:05:05,270
nuestra apuesta en el campo, que
es el 722, vale no inferior al
106
00:05:05,280 --> 00:05:08,640
7% de reserva de personas con
discapacidad que al menos el 2%
107
00:05:08,650 --> 00:05:11,490
de personas del de las plazas
sea para personas con
108
00:05:11,500 --> 00:05:14,320
discapacidad intelectual, para
que progresivamente se alcance
109
00:05:14,330 --> 00:05:17,260
el 2% de los efectivos totales
en cada administración pública.
110
00:05:17,570 --> 00:05:21,640
¿Vale, y ahora qué ocurre?
¿Pues ahora cómo accedemos a
111
00:05:21,650 --> 00:05:24,380
esta opción de plazas reservadas
para personas con discapacidad?
112
00:05:24,650 --> 00:05:27,660
Pues básicamente lo tendremos
que hacer o lo tenemos que
113
00:05:27,670 --> 00:05:29,790
rellenar.
La solicitud en la participación
114
00:05:29,800 --> 00:05:32,000
de cada convocatoria.
Tenemos que marcar en la
115
00:05:32,010 --> 00:05:35,040
solicitud de qué vamos.
Con este por estas convocatorias
116
00:05:35,050 --> 00:05:37,590
de plazas reservadas para la
discapacidad y hay 2 tipos de
117
00:05:37,600 --> 00:05:40,860
convocatoria que nos podemos
encontrar, las ordinarias y las
118
00:05:40,870 --> 00:05:44,640
independientes, las ordinarias
son las más comunes.
119
00:05:44,650 --> 00:05:47,120
Son las que conocéis, son las
que veis habitualmente en todas
120
00:05:47,130 --> 00:05:49,600
partes.
Lleva 2 turnos diferenciados, un
121
00:05:49,610 --> 00:05:52,880
turno general y un turno
específico vale con contenido
122
00:05:52,890 --> 00:05:56,000
idéntico para todos los
aspirantes, sólo que el general
123
00:05:56,010 --> 00:05:58,140
va por un lado y las personas
con discapacidad van por
124
00:05:58,150 --> 00:06:00,480
específico.
Llamamientos y ejercicio por
125
00:06:00,490 --> 00:06:04,390
separado se abre un poco el
camino, pero luego al finalizar
126
00:06:04,400 --> 00:06:06,770
una relación.
Única con todos los candidatos
127
00:06:06,780 --> 00:06:09,180
que han superado las pruebas
selectivas y están ordenados
128
00:06:09,190 --> 00:06:11,090
además por orden de puntuación.
O sea.
129
00:06:11,800 --> 00:06:15,430
Todos se la convocatoria como
tal, se hace el estudio, se hace
130
00:06:15,440 --> 00:06:17,860
todos a toda la vez.
Llamamiento y ejercido por
131
00:06:17,870 --> 00:06:21,220
separado general y específico y
luego relación única con todos
132
00:06:21,230 --> 00:06:23,590
los candidatos que han superado
las pruebas, perfecto y
133
00:06:23,600 --> 00:06:27,070
ordenados por puntuación, pero
cuidado que para esta
134
00:06:27,080 --> 00:06:29,350
convocatoria ordinaria hay un
par de detalles que hay que
135
00:06:29,360 --> 00:06:33,180
tener muy en cuenta.
La primera es si las plazas que
136
00:06:33,190 --> 00:06:37,040
son reservadas y que han sido
cubiertas para personas con
137
00:06:37,050 --> 00:06:42,450
discapacidad no alcanzan la tasa
del 3% de las plazas convocadas,
138
00:06:42,460 --> 00:06:45,840
o sea, que los aprobados en la
parte por discapacidad, en el
139
00:06:45,850 --> 00:06:49,340
cupo específico no llegan a la
tasa del 3% de las plazas
140
00:06:49,350 --> 00:06:50,820
convocadas.
¿Entonces, qué ocurre con el
141
00:06:50,830 --> 00:06:53,740
resto de plazas?
Pues Fíjate, es algo muy
142
00:06:53,750 --> 00:06:55,560
curioso.
Las plazas no cubiertas se
143
00:06:55,570 --> 00:06:59,400
acumularán al cupo del 7%.
¿Pero, de qué?
144
00:06:59,450 --> 00:07:03,600
De la oferta de empleo público
siguiente, no la de este año, no
145
00:07:03,610 --> 00:07:07,020
la de nada de oferta de empleo
público siguiente, con un límite
146
00:07:07,030 --> 00:07:10,500
máximo del 10%.
O sea, que si no se llega a
147
00:07:10,510 --> 00:07:12,720
alcanzar esa tasa de 10% de
personas aprobadas en
148
00:07:12,730 --> 00:07:16,040
discapacidad, las plazas
sobrantes en discapacidad pasan
149
00:07:16,090 --> 00:07:18,580
a la oferta de empleo público
siguiente, pero con un límite
150
00:07:18,590 --> 00:07:21,460
máximo del 10.
Eso, el primer detalle y el
151
00:07:21,470 --> 00:07:24,940
segundo es todo lo contrario.
Fíjate aquí era que la primera
152
00:07:24,950 --> 00:07:27,570
era que no llegaban.
Sobraban muchas plazas por
153
00:07:27,580 --> 00:07:28,990
discapacidad.
Pues bien, a la oferta de empleo
154
00:07:29,000 --> 00:07:31,480
público siguiente, pero puede
ocurrir todo lo contrario, que
155
00:07:31,490 --> 00:07:35,400
haya aspirantes.
En el cupo por discapacidad que
156
00:07:35,450 --> 00:07:38,130
han superado todos los
ejercicios y que al final del
157
00:07:38,140 --> 00:07:41,450
mismo se han superado todas las
fases, pero no tienen plaza.
158
00:07:41,490 --> 00:07:44,160
Llegada al final se quedan fuera
por puntuación.
159
00:07:45,190 --> 00:07:49,180
¿Pero por su puntuación en su
parte específica, pero es que su
160
00:07:49,190 --> 00:07:53,240
puntuación, si su puntuación es
superior a la obtenida por otros
161
00:07:53,250 --> 00:07:55,650
aspirantes en el sistema de
acceso general, qué va a
162
00:07:55,660 --> 00:07:58,520
ocurrir?
¿Lo dejamos fuera o lo incluimos
163
00:07:58,970 --> 00:08:02,320
en el acceso general?
Lo incluimos en acceso general,
164
00:08:02,330 --> 00:08:04,890
si personas con discapacidad
superan todos los procesos
165
00:08:04,900 --> 00:08:08,170
selectivos, pero llegado al
final con su nota, aun así no
166
00:08:08,180 --> 00:08:12,150
obtienen plaza, se quedarían
fuera, pero su nota es superior
167
00:08:12,780 --> 00:08:15,730
a las plazas del proceso
selectivo general de gente que
168
00:08:15,740 --> 00:08:19,450
ha aprobado.
Se pasa por orden de puntuación
169
00:08:19,490 --> 00:08:22,570
al sistema de acceso general.
¿Habéis visto las 2 diferencias?
170
00:08:22,860 --> 00:08:27,490
O sea.
Tenemos como repaso un ine.
171
00:08:27,560 --> 00:08:30,580
Sean las convocatorias
ordinarias vale que van por
172
00:08:30,590 --> 00:08:34,080
separado y luego lista única.
Al final, si no se alcanza la
173
00:08:34,090 --> 00:08:37,570
tasa del 10 del 3% de las plazas
con discapacidad, se pueden
174
00:08:37,580 --> 00:08:40,340
acumular al 7% de la oferta de
empleo público siguiente, con
175
00:08:40,350 --> 00:08:44,120
ese límite máximo del 10%.
¿Y si, por otro lado, superan
176
00:08:44,130 --> 00:08:48,180
ejercicios y se quedan sin plaza
pero por nota es superior a la
177
00:08:48,190 --> 00:08:51,100
del general, se va a incluir por
nota en el general, vale?
178
00:08:52,410 --> 00:08:54,330
Esto con respecto a las
convocatorias ordinarias,
179
00:08:54,500 --> 00:08:56,410
también tenemos las
convocatorias por turno
180
00:08:56,420 --> 00:08:59,390
independiente por turno
independiente, que solo es para
181
00:08:59,400 --> 00:09:01,790
personas con discapacidad, no
hay cupo general.
182
00:09:02,000 --> 00:09:04,080
Vale, es una convocatoria
independiente solo para personas
183
00:09:04,090 --> 00:09:05,890
con discapacidad, igual lo
supera 3%.
184
00:09:06,130 --> 00:09:08,690
No hay más historias y luego
también está la reserva de ese
185
00:09:08,700 --> 00:09:12,830
7% en promoción interna.
Vale, pero un detalle en
186
00:09:12,840 --> 00:09:15,880
promoción interna que creo que
puede ser muy importante.
187
00:09:17,490 --> 00:09:23,170
Están el el apartado 5 del
artículo 12 de este, de esta
188
00:09:23,180 --> 00:09:26,000
orden de hacienda y función
pública, las 668 2017.
189
00:09:26,010 --> 00:09:29,510
Que te que te he comentado
antes, el apartado 5 dice esto.
190
00:09:30,260 --> 00:09:34,290
Las plazas reservadas para
personas con discapacidad que
191
00:09:34,300 --> 00:09:38,390
queden desiertas no podrán
acumularse a los turnos
192
00:09:38,400 --> 00:09:42,510
ordinarios de acceso.
Vale lo que hemos visto antes,
193
00:09:42,520 --> 00:09:44,590
las plazas de discapacidad que
quedan desiertas.
194
00:09:44,600 --> 00:09:47,130
Teníamos un detalle, si no
alcanzan la tasa del 3%, se
195
00:09:47,140 --> 00:09:49,460
acumulan a la oferta de empleo
público siguiente.
196
00:09:49,850 --> 00:09:52,750
Pero fíjate aquí las plazas de
discapacidad que quedan
197
00:09:52,760 --> 00:09:59,010
desiertas no pueden acumularse.
A los turnos ordinarios, vale,
198
00:09:59,180 --> 00:10:02,340
de forma general lo que es de
libre no puede acumularse las
199
00:10:02,350 --> 00:10:05,700
plazas con discapacidad que no
sean cubiertas libre, salvo en
200
00:10:05,710 --> 00:10:08,540
las convocatorias de promoción
interna que entonces sí.
201
00:10:09,260 --> 00:10:11,550
Las convocatorias de promoción
interna, si tenemos reservas
202
00:10:11,560 --> 00:10:14,710
para plazas con discapacidad,
pero no se cubren las plazas por
203
00:10:14,720 --> 00:10:18,420
discapacidad, pueden ir a la
parte general, pero solo en la
204
00:10:18,430 --> 00:10:21,920
promoción interna, no en libre.
El libre discapacidad no puede
205
00:10:21,930 --> 00:10:25,840
pasar a ordinario, pero en
promoción interna, discapacidad
206
00:10:25,850 --> 00:10:27,890
sí puede pasar a cubrir plazas
rutinaria.
207
00:10:28,710 --> 00:10:32,600
Toma el follón cito, vale, pues
ya tenemos la reserva de plaza y
208
00:10:32,610 --> 00:10:35,400
los tipos de convocatoria, vamos
a ver cómo puede ser el
209
00:10:35,410 --> 00:10:38,330
desarrollo de un proceso
selectivo, las personas con
210
00:10:38,340 --> 00:10:41,490
discapacidad serán admitidas en
igualdad de condiciones que el
211
00:10:41,500 --> 00:10:44,540
resto de los aspirantes.
Por supuesto, eso sí, tendrán
212
00:10:44,550 --> 00:10:47,740
que solicitar si es necesario,
adaptaciones o ajustes
213
00:10:47,750 --> 00:10:50,450
razonables.
Hay 2 tipos de ellos, la
214
00:10:50,460 --> 00:10:53,420
adaptación de medios de ajuste
razonable que son apoyos
215
00:10:53,430 --> 00:10:56,650
materiales humanos, ayudas
técnicas tecnológicas, etcétera,
216
00:10:56,870 --> 00:11:00,610
o la adaptación de tiempos que
consiste en un tiempo adicional
217
00:11:00,620 --> 00:11:03,020
para realizar la prueba.
En estos tiempos para realizar
218
00:11:03,030 --> 00:11:05,420
las pruebas del examen.
¿Dónde están regulados estos
219
00:11:05,430 --> 00:11:07,490
tiempos?
Están regulados en la orden pre
220
00:11:07,800 --> 00:11:10,950
1822 del 2006.
¿Hay que estudiarla, no?
221
00:11:10,960 --> 00:11:13,550
Ni de coña vale, pero
simplemente yo te lo tengo aquí
222
00:11:13,560 --> 00:11:16,550
como detalle, por si quieres
curiosear, vale para que sepas
223
00:11:16,700 --> 00:11:19,110
la adaptación de tiempo que
puede tener cada persona en
224
00:11:19,120 --> 00:11:22,760
función de su discapacidad.
Vale, las personas y las
225
00:11:22,770 --> 00:11:24,680
personas con discapacidad igual
o superior al de prisión por
226
00:11:24,690 --> 00:11:27,320
realizar la petición de estos
ajustes de tiempos y medios en
227
00:11:27,330 --> 00:11:30,400
la solicitud de participación,
reflejando las necesidades
228
00:11:30,410 --> 00:11:33,860
específicas que necesiten y
cuidado, debiendo adjuntar
229
00:11:33,870 --> 00:11:38,070
dictamen dictamen técnico del
del facultativo con ese grado de
230
00:11:38,080 --> 00:11:41,780
discapacidad para que se pueda
valorar la procedencia o no de
231
00:11:41,790 --> 00:11:44,260
esa concesión de medios o de
tiempo solicitada.
232
00:11:45,170 --> 00:11:49,990
¿Pregunta, qué tengo que hacer?
La adaptación solicitada por la
233
00:11:50,000 --> 00:11:53,800
persona con discapacidad será
otorgada de forma automática, o
234
00:11:53,810 --> 00:11:55,840
sea, en el momento que la
solicita se la van a dar sí o
235
00:11:55,850 --> 00:11:58,470
sí.
No, para nada.
236
00:11:58,600 --> 00:12:01,790
No se otorga de forma
automática, solo se da
237
00:12:02,030 --> 00:12:05,470
únicamente en los casos en que
la discapacidad guarde relación
238
00:12:05,480 --> 00:12:07,350
directa con la prueba a
realizar.
239
00:12:07,400 --> 00:12:10,520
¿Entonces sí, por lo tanto, una
pregunta de exámenes se otorga
240
00:12:10,530 --> 00:12:13,430
de forma automática la
adaptación por medios o por
241
00:12:13,440 --> 00:12:15,310
tiempo?
No, no se otorga de forma
242
00:12:15,320 --> 00:12:17,860
autómata.
Pues bien, seguimos.
243
00:12:18,610 --> 00:12:22,000
Superado el proceso selectivo
con el orden de puntuación ya
244
00:12:22,010 --> 00:12:25,050
publicado.
Hay que seleccionar puestos de
245
00:12:25,060 --> 00:12:28,070
trabajo, vale, esto ya te
ocurrirá a TI cuando apruebes
246
00:12:28,080 --> 00:12:31,030
todo, todo el proceso selectivo,
te veas con tu puntuación y
247
00:12:31,040 --> 00:12:33,540
digas, bueno, pues toda la
puntuación que tengo tengo que
248
00:12:33,550 --> 00:12:34,920
seleccionar estos puestos de
trabajo.
249
00:12:35,510 --> 00:12:39,080
Te voy a hacer otra pregunta.
¿Qué ocurre si una persona con
250
00:12:39,090 --> 00:12:43,180
discapacidad que por motivos de
dependencia, personal,
251
00:12:43,310 --> 00:12:47,560
dificultades de desplazamiento u
otras análogas debidamente
252
00:12:47,570 --> 00:12:50,510
acreditadas observa que, por
ejemplo en su lugar de
253
00:12:50,520 --> 00:12:53,660
residencia no hay puesto de
trabajo a elegir o por su
254
00:12:53,670 --> 00:12:56,860
puntuación vale, puede que le
toque en otra localidad?
255
00:12:56,870 --> 00:13:00,620
¿En otro municipio, provincia o
comunidad, vale, qué ocurre con
256
00:13:00,630 --> 00:13:04,040
este tipo de personas con
discapacidad que se ven que aún
257
00:13:04,050 --> 00:13:06,540
así, habiendo aprobado y
superado el proceso selectivo a
258
00:13:06,550 --> 00:13:08,940
la hora de seleccionar puesto de
trabajo, ve que se van?
259
00:13:09,240 --> 00:13:11,290
Lejos.
¿Qué pueden hacer?
260
00:13:11,960 --> 00:13:15,890
Pues, podrán solicitar al órgano
convocante la alteración del
261
00:13:15,900 --> 00:13:19,150
orden de prelación, pero para él
ni para él o para ella misma,
262
00:13:19,380 --> 00:13:22,070
vale para la elección de la
plaza es dentro del ámbito
263
00:13:22,080 --> 00:13:25,350
territorial en que se determine
la convocatoria, no más por
264
00:13:25,360 --> 00:13:28,170
estos motivos.
De dependencia que hemos estado
265
00:13:28,180 --> 00:13:29,890
hablando.
Motivos de dependencia personal,
266
00:13:29,900 --> 00:13:32,770
dificultades de desplazamiento u
otras análogas, se puede
267
00:13:32,780 --> 00:13:35,430
solicitar en la alteración del
orden de prelación de las
268
00:13:35,440 --> 00:13:37,850
plazas.
¿Qué hará el órgano convocante
269
00:13:37,860 --> 00:13:40,820
en este caso?
Pues decidirá si dicha
270
00:13:40,830 --> 00:13:44,070
alteración se encuentra
debidamente justificada.
271
00:13:44,370 --> 00:13:48,300
Para ello solicitará papeles y
deberá limitarse a realizar la
272
00:13:48,310 --> 00:13:50,340
mínima.
Y este es un tipo palabras que
273
00:13:50,350 --> 00:13:53,260
tenemos que marcar la mínima
modificación en el orden de
274
00:13:53,270 --> 00:13:56,430
prelación para poder proseguir,
para dar la posibilidad, la
275
00:13:56,440 --> 00:13:59,740
posibilidad vale de acceso al
puesto a la persona con
276
00:13:59,750 --> 00:14:03,440
discapacidad lo más cerca de
donde le haga falta realmente,
277
00:14:03,450 --> 00:14:09,130
pero la mínima modificación en
el orden de prelación vale la
278
00:14:09,140 --> 00:14:11,760
persona.
Con discapacidad si lo ve
279
00:14:11,770 --> 00:14:14,480
necesario, vale, pues esas
dificultades de dependencia
280
00:14:14,490 --> 00:14:16,780
personal, dificultades de
desplazamiento u otras análogas
281
00:14:16,790 --> 00:14:19,640
debidamente acreditadas, puede
solicitar al órgano convocante
282
00:14:19,650 --> 00:14:22,180
la alteración del orden de
prelación y el órgano convocante
283
00:14:22,190 --> 00:14:25,440
decidirá si sí o si no.
Y en caso de que decida que sí,
284
00:14:25,450 --> 00:14:28,700
vista toda la documentación,
ahora la mínima modificación en
285
00:14:28,710 --> 00:14:32,760
el orden de prelación.
Ven ya adjudicado el puesto
286
00:14:32,770 --> 00:14:35,280
correspondiente, pues ya esa
persona con discapacidad también
287
00:14:35,290 --> 00:14:37,810
podrá solicitar la adaptación al
puesto a su puesto
288
00:14:37,820 --> 00:14:39,480
correspondiente.
Las modificaciones las
289
00:14:39,490 --> 00:14:42,610
adaptaciones que sean necesarias
y ya por último, ya casi para
290
00:14:42,620 --> 00:14:45,450
cerrar la norma, nos queda el
capítulo 5, que son otras
291
00:14:45,460 --> 00:14:47,690
medidas, favorecer a las de
integración, que es la
292
00:14:47,700 --> 00:14:50,250
formación, adaptaciones y
ajustes razonables para que
293
00:14:50,260 --> 00:14:52,930
puedan participar en la
formación en condiciones de
294
00:14:52,940 --> 00:14:56,310
igualdad, y también podrán haber
cursos destinados únicamente a
295
00:14:56,320 --> 00:14:58,770
personas con discapacidad.
Ahí puedan haber una
296
00:14:58,780 --> 00:15:00,880
colaboración y cooperación con
otras entidades.
297
00:15:01,000 --> 00:15:04,250
Para cualquier tipo de cosa y
esto sí, al final el Ministerio
298
00:15:04,260 --> 00:15:07,180
de Hacienda y función pública va
a elaborar un informe anual con
299
00:15:07,190 --> 00:15:10,310
una información y estadísticas
que ellos consideran relevante,
300
00:15:10,630 --> 00:15:13,590
que todo es informe lo va a
elevar a la Comisión Superior de
301
00:15:13,600 --> 00:15:16,150
Personal y al Consejo Nacional
de Discapacidad.
302
00:15:16,560 --> 00:15:20,230
Vale así que.
Y perdón por todo el rollo por
303
00:15:20,240 --> 00:15:22,790
esta norma.
Para resumir con qué nos
304
00:15:22,800 --> 00:15:25,180
quedamos.
Grado de discapacidad igual o
305
00:15:25,190 --> 00:15:28,310
superior al 3%.
¿Reserva de plazas nuestros 722,
306
00:15:28,350 --> 00:15:32,150
vale, si estamos en una
convocatoria ordinaria y no sea
307
00:15:32,160 --> 00:15:34,550
cubrir el 3% de las plazas
convocadas, vale?
308
00:15:34,560 --> 00:15:37,550
Esa tasa se acumula a la oferta
de empleo público siguiente, con
309
00:15:37,560 --> 00:15:40,560
ese límite del 10%.
Hay adaptaciones de medios y de
310
00:15:40,570 --> 00:15:44,140
tiempos de adaptación, no se
otorga de forma automática si se
311
00:15:44,150 --> 00:15:46,110
ha superado ya el proceso
selectivo, se puede solicitar el
312
00:15:46,120 --> 00:15:48,680
órgano convocante, la alteración
del orden, prestación por esos
313
00:15:48,690 --> 00:15:50,280
motivos de dependencia.
¿Nadal, dificultad de
314
00:15:50,290 --> 00:15:52,740
desplazamiento y otras análogas
que estén debidamente
315
00:15:52,750 --> 00:15:55,880
acreditadas y como sabemos, no
se da de forma automática nada
316
00:15:55,890 --> 00:15:57,700
de esto, vale todo?
Hay que presentarlo a través de
317
00:15:57,710 --> 00:16:01,920
papeles y se tiene que valorar.
Así que ya ya ya está, vale.
318
00:16:02,290 --> 00:16:05,620
Como siempre muchas, muchas
gracias por ver los vídeos, por
319
00:16:05,630 --> 00:16:09,500
aguantar esos anuncios en breve
tienes el podcast y el resumen y
320
00:16:09,510 --> 00:16:11,500
nos vemos en el siguiente vídeo
hasta otra.
321
00:16:12,500 --> 00:16:30,200
Ah.
Ah.
00:00:00,920 --> 00:00:03,770
Muy buenas en el vídeo de hoy
vamos a ver el Real Decreto
2
00:00:03,780 --> 00:00:08,330
Legislativo 2271 de 2004, de 3
de diciembre, por el que se
3
00:00:08,340 --> 00:00:10,440
regula el acceso al empleo
público de la provisión de
4
00:00:10,450 --> 00:00:12,550
puestos de trabajo de personas
con discapacidad.
5
00:00:13,220 --> 00:00:15,250
Vamos a salir que tenemos,
tenemos una disposiciones
6
00:00:15,260 --> 00:00:18,110
generales, una reserva de plazas
para personas con discapacidad,
7
00:00:18,120 --> 00:00:20,200
unos desarrollo de los procesos
selectivos, unos puestos de
8
00:00:20,210 --> 00:00:22,910
trabajo y otras medidas.
Las disposiciones generales
9
00:00:22,920 --> 00:00:25,810
lógicamente que nos encontramos
en el ámbito de aplicación.
10
00:00:25,820 --> 00:00:27,960
¿Qué nos dice esto?
Las personas con cualquier tipo
11
00:00:27,970 --> 00:00:31,110
de discapacidad tendrán derecho
a acelerar empleo público.
12
00:00:31,180 --> 00:00:34,180
Genial, pero todo ello inspirará
una serie de principios que son
13
00:00:34,190 --> 00:00:36,660
los principios de igualdad de
oportunidades, no discriminación
14
00:00:36,670 --> 00:00:39,740
y accesibilidad universal y
compensación de desventaja.
15
00:00:40,420 --> 00:00:45,260
¿Pero Claro, qué entendemos por
persona con discapacidad de cara
16
00:00:45,270 --> 00:00:47,980
a esta norma o de cara al acceso
al empleo público?
17
00:00:48,990 --> 00:00:51,880
Pues para ello tenemos que irnos
al artículo cuatro del Real
18
00:00:51,890 --> 00:00:55,970
Decreto uno 2013 que conoces y
que del que tenemos vídeo por el
19
00:00:55,980 --> 00:00:57,820
que se aprueba el texto
refundido de la Ley General de
20
00:00:57,830 --> 00:00:59,840
Derechos de Personas con
discapacidad y de su inclusión
21
00:00:59,850 --> 00:01:01,160
social.
¿Ya si nos vale también como
22
00:01:01,170 --> 00:01:02,900
repaso, qué nos dice ese
artículo?
23
00:01:02,910 --> 00:01:05,910
Cuatro me dice que son personas
con discapacidad aquellas que
24
00:01:05,920 --> 00:01:08,720
presentan deficiencias físicas,
mentales e intelectuales,
25
00:01:08,730 --> 00:01:12,680
sensoriales previsiblemente
permanentes, que al interactuar
26
00:01:12,690 --> 00:01:15,440
con diversas barreras, puedan
impedir su participación plena y
27
00:01:15,450 --> 00:01:19,090
efectiva a la sociedad en
igualdad de condiciones con los
28
00:01:19,100 --> 00:01:21,430
demás.
Eso es una definición, pero es
29
00:01:21,440 --> 00:01:24,090
que también nos dice, esto
tendrán la consideración de
30
00:01:24,100 --> 00:01:26,660
personas con discapacidad
aquellas a quienes se les haya
31
00:01:26,670 --> 00:01:30,470
reconocido 1° de discapacidad
igual o superior al 33%.
32
00:01:30,480 --> 00:01:34,150
Y esto te suena un montón y
esto es lo que realmente hace
33
00:01:34,160 --> 00:01:36,040
falta.
Este certificado, con ese
34
00:01:36,050 --> 00:01:38,080
porcentaje de grado de
discapacidad igual o superior al
35
00:01:38,120 --> 00:01:41,230
3 por 100 es el que hace falta
para presentarlo en estas
36
00:01:41,240 --> 00:01:44,430
convocatorias y el que se nos
abre la puerta para poder
37
00:01:44,440 --> 00:01:47,210
acceder a este tipo de norma y
es realmente lo que te pueden
38
00:01:47,220 --> 00:01:50,210
preguntar en el examen igual o
superior al 3 por 100.
39
00:01:50,450 --> 00:01:52,620
Pero es que tampoco se queda
aquí.
40
00:01:52,660 --> 00:01:54,300
Este real Decreto amplía un poco
más.
41
00:01:54,530 --> 00:01:57,940
También se va a considerar que
tienen discapacidad en 1° igual
42
00:01:57,950 --> 00:02:01,360
o superior al 3% las personas
que sean pensionistas de la
43
00:02:01,370 --> 00:02:03,720
seguridad que tengan reconocida
una pensión de incapacidad
44
00:02:03,730 --> 00:02:07,720
permanente en cualquiera de sus
3° la total absoluta o gran
45
00:02:07,730 --> 00:02:10,940
invalidez o las personas
pensionistas de clases pasivas
46
00:02:10,949 --> 00:02:13,820
que tengan reconocida también
una jubilación por retiro de
47
00:02:13,830 --> 00:02:16,120
incapacidad permanente para el
servicio o inutilidad.
48
00:02:16,530 --> 00:02:18,940
¿Vale, o sea, que cuando tenemos
reconocida una jubilación por
49
00:02:18,950 --> 00:02:21,410
incapacidad permanente, en
cualquiera de sus 3°, ya sea la
50
00:02:21,420 --> 00:02:24,400
seguridad social?
O en clases pasivas como para
51
00:02:24,440 --> 00:02:25,910
permanente para el servicio o
inutilidad.
52
00:02:25,920 --> 00:02:29,390
Se va a entender que tenemos 1°
de discapacidad igual o superior
53
00:02:29,400 --> 00:02:32,160
al 33%.
¿Pero como ya te he dicho aquí,
54
00:02:32,170 --> 00:02:35,010
lo que vale realmente es tener
el certificado en la mano igual
55
00:02:35,020 --> 00:02:37,130
o superior al 3 por 100 y no
sabe la puerta, vale?
56
00:02:37,360 --> 00:02:39,410
Con el certificado en la mano,
entonces podemos pasar a la
57
00:02:39,420 --> 00:02:41,390
reserva de plazas de personas
con discapacidad.
58
00:02:42,110 --> 00:02:44,050
¿Qué ocurre ahora?
Fíjate lo que dice este real
59
00:02:44,060 --> 00:02:46,850
decreto.
Mantiene la reserva de un cupo
60
00:02:46,860 --> 00:02:50,900
no inferior al 5% al 5% de
personas con discapacidad.
61
00:02:51,270 --> 00:02:53,160
¿Te suena raro, verdad?
¿Te chirría?
62
00:02:53,810 --> 00:02:56,160
¿Qué hacemos?
¿Pues nos vamos a deber?
63
00:02:56,230 --> 00:02:59,700
¿Artículo 59 o mejor aún, te voy
a subir la apuesta?
64
00:03:00,030 --> 00:03:04,860
Vámonos a la orden de hacienda y
función pública 688 del 2017,
65
00:03:05,090 --> 00:03:07,450
que es por la que se establecen
las bases comunes que regirán
66
00:03:07,460 --> 00:03:09,410
los procesos selectivos de
ingreso o acceso a los cuerpos o
67
00:03:09,420 --> 00:03:10,920
escalas de la administración
general del Estado.
68
00:03:11,870 --> 00:03:14,490
Hay que estudiar esta orden, no
lo veo necesario.
69
00:03:14,500 --> 00:03:17,950
Una leída si tienes un poco de
tiempo libre, sí, por más o
70
00:03:17,960 --> 00:03:20,990
menos saber al en en en lo que
te estás metiendo.
71
00:03:21,000 --> 00:03:23,190
Realmente, si estás opositando.
Administración general del
72
00:03:23,200 --> 00:03:27,000
Estado, dónde vamos dentro de
esta orden, 678 2017 a su
73
00:03:27,010 --> 00:03:29,810
apartado 12º al artículo 12 o al
apartado 12.
74
00:03:29,960 --> 00:03:31,790
¿Qué nos dice?
Esto es casi lo mismo que le
75
00:03:31,800 --> 00:03:34,780
vale, no te voy a liar.
Las convocatorias de las pruebas
76
00:03:34,790 --> 00:03:37,720
selectivas correspondientes a la
oferta de empleo público deberán
77
00:03:37,730 --> 00:03:41,900
incluir y aquí sí un cupo no
inferior al 7% de las plazas
78
00:03:41,910 --> 00:03:45,640
vacantes para ser cubiertas con
personas con discapacidad, que
79
00:03:45,650 --> 00:03:47,270
entendemos como personas con
discapacidad.
80
00:03:47,280 --> 00:03:49,600
El apartado 2 del artículo
cuatro del Real Decreto
81
00:03:49,610 --> 00:03:54,270
Legislativo uno 2013 es igual o
superior al 3%, o sea Q no
82
00:03:54,280 --> 00:03:57,080
inferior al 7% para personas con
discapacidad.
83
00:03:57,530 --> 00:04:00,180
Siempre cuidado con esto, que
también lo tenemos en leve y a
84
00:04:00,190 --> 00:04:02,760
veces lo pasamos por alto este
detalle, siempre que superen el
85
00:04:02,770 --> 00:04:05,650
proceso selectivo.
Acrediten su discapacidad, su
86
00:04:05,660 --> 00:04:08,180
discapacidad y que haya
compatibilidad para el desempeño
87
00:04:08,190 --> 00:04:11,070
en las tareas que tiene que
realizar, de modo que
88
00:04:11,080 --> 00:04:15,130
progresivamente se alcance el
que mi no inferior al 7%, de
89
00:04:15,140 --> 00:04:19,070
modo que progresivamente se
alcance el 2% de los efectivos
90
00:04:19,079 --> 00:04:22,050
totales de cada administración
pública.
91
00:04:22,089 --> 00:04:24,190
¿Esos pequeños detallitos que
nos pueden preguntar a los
92
00:04:24,200 --> 00:04:27,960
exámenes, vale, tenemos un 7 y
tenemos un 2, qué nos falta?
93
00:04:28,000 --> 00:04:31,550
Nos falta otro 2 la reserva de
ese mínimo del 7% que se
94
00:04:31,560 --> 00:04:34,120
realizará de manera que al
menos.
95
00:04:34,500 --> 00:04:37,680
Vale menos el 2% de plazas
reservadas, lo sea para ser
96
00:04:37,690 --> 00:04:40,420
personal, para ser cubierto con
personas con discapacidad
97
00:04:40,470 --> 00:04:43,360
intelectual y que el resto de
plazas sean ofertadas para ser
98
00:04:43,370 --> 00:04:45,680
cubiertas por personas que
acrediten cualquier otro tipo de
99
00:04:45,690 --> 00:04:47,660
discapacidad.
Vale y luego ya será el
100
00:04:47,670 --> 00:04:49,540
Ministerio de Hacienda y función
pública, que realiza la
101
00:04:49,550 --> 00:04:52,080
distribución de estas plazas,
dando preferencia a vacantes y a
102
00:04:52,090 --> 00:04:55,220
cuerpos y escalas donde resulte
más compatible la existencia de
103
00:04:55,230 --> 00:04:58,100
estas plazas con con ese con ese
tipo de discapacidades, etc.
104
00:04:58,890 --> 00:05:01,700
¿Qué tenemos entonces?
Tenemos nuestra forma de juego,
105
00:05:01,710 --> 00:05:05,270
nuestra apuesta en el campo, que
es el 722, vale no inferior al
106
00:05:05,280 --> 00:05:08,640
7% de reserva de personas con
discapacidad que al menos el 2%
107
00:05:08,650 --> 00:05:11,490
de personas del de las plazas
sea para personas con
108
00:05:11,500 --> 00:05:14,320
discapacidad intelectual, para
que progresivamente se alcance
109
00:05:14,330 --> 00:05:17,260
el 2% de los efectivos totales
en cada administración pública.
110
00:05:17,570 --> 00:05:21,640
¿Vale, y ahora qué ocurre?
¿Pues ahora cómo accedemos a
111
00:05:21,650 --> 00:05:24,380
esta opción de plazas reservadas
para personas con discapacidad?
112
00:05:24,650 --> 00:05:27,660
Pues básicamente lo tendremos
que hacer o lo tenemos que
113
00:05:27,670 --> 00:05:29,790
rellenar.
La solicitud en la participación
114
00:05:29,800 --> 00:05:32,000
de cada convocatoria.
Tenemos que marcar en la
115
00:05:32,010 --> 00:05:35,040
solicitud de qué vamos.
Con este por estas convocatorias
116
00:05:35,050 --> 00:05:37,590
de plazas reservadas para la
discapacidad y hay 2 tipos de
117
00:05:37,600 --> 00:05:40,860
convocatoria que nos podemos
encontrar, las ordinarias y las
118
00:05:40,870 --> 00:05:44,640
independientes, las ordinarias
son las más comunes.
119
00:05:44,650 --> 00:05:47,120
Son las que conocéis, son las
que veis habitualmente en todas
120
00:05:47,130 --> 00:05:49,600
partes.
Lleva 2 turnos diferenciados, un
121
00:05:49,610 --> 00:05:52,880
turno general y un turno
específico vale con contenido
122
00:05:52,890 --> 00:05:56,000
idéntico para todos los
aspirantes, sólo que el general
123
00:05:56,010 --> 00:05:58,140
va por un lado y las personas
con discapacidad van por
124
00:05:58,150 --> 00:06:00,480
específico.
Llamamientos y ejercicio por
125
00:06:00,490 --> 00:06:04,390
separado se abre un poco el
camino, pero luego al finalizar
126
00:06:04,400 --> 00:06:06,770
una relación.
Única con todos los candidatos
127
00:06:06,780 --> 00:06:09,180
que han superado las pruebas
selectivas y están ordenados
128
00:06:09,190 --> 00:06:11,090
además por orden de puntuación.
O sea.
129
00:06:11,800 --> 00:06:15,430
Todos se la convocatoria como
tal, se hace el estudio, se hace
130
00:06:15,440 --> 00:06:17,860
todos a toda la vez.
Llamamiento y ejercido por
131
00:06:17,870 --> 00:06:21,220
separado general y específico y
luego relación única con todos
132
00:06:21,230 --> 00:06:23,590
los candidatos que han superado
las pruebas, perfecto y
133
00:06:23,600 --> 00:06:27,070
ordenados por puntuación, pero
cuidado que para esta
134
00:06:27,080 --> 00:06:29,350
convocatoria ordinaria hay un
par de detalles que hay que
135
00:06:29,360 --> 00:06:33,180
tener muy en cuenta.
La primera es si las plazas que
136
00:06:33,190 --> 00:06:37,040
son reservadas y que han sido
cubiertas para personas con
137
00:06:37,050 --> 00:06:42,450
discapacidad no alcanzan la tasa
del 3% de las plazas convocadas,
138
00:06:42,460 --> 00:06:45,840
o sea, que los aprobados en la
parte por discapacidad, en el
139
00:06:45,850 --> 00:06:49,340
cupo específico no llegan a la
tasa del 3% de las plazas
140
00:06:49,350 --> 00:06:50,820
convocadas.
¿Entonces, qué ocurre con el
141
00:06:50,830 --> 00:06:53,740
resto de plazas?
Pues Fíjate, es algo muy
142
00:06:53,750 --> 00:06:55,560
curioso.
Las plazas no cubiertas se
143
00:06:55,570 --> 00:06:59,400
acumularán al cupo del 7%.
¿Pero, de qué?
144
00:06:59,450 --> 00:07:03,600
De la oferta de empleo público
siguiente, no la de este año, no
145
00:07:03,610 --> 00:07:07,020
la de nada de oferta de empleo
público siguiente, con un límite
146
00:07:07,030 --> 00:07:10,500
máximo del 10%.
O sea, que si no se llega a
147
00:07:10,510 --> 00:07:12,720
alcanzar esa tasa de 10% de
personas aprobadas en
148
00:07:12,730 --> 00:07:16,040
discapacidad, las plazas
sobrantes en discapacidad pasan
149
00:07:16,090 --> 00:07:18,580
a la oferta de empleo público
siguiente, pero con un límite
150
00:07:18,590 --> 00:07:21,460
máximo del 10.
Eso, el primer detalle y el
151
00:07:21,470 --> 00:07:24,940
segundo es todo lo contrario.
Fíjate aquí era que la primera
152
00:07:24,950 --> 00:07:27,570
era que no llegaban.
Sobraban muchas plazas por
153
00:07:27,580 --> 00:07:28,990
discapacidad.
Pues bien, a la oferta de empleo
154
00:07:29,000 --> 00:07:31,480
público siguiente, pero puede
ocurrir todo lo contrario, que
155
00:07:31,490 --> 00:07:35,400
haya aspirantes.
En el cupo por discapacidad que
156
00:07:35,450 --> 00:07:38,130
han superado todos los
ejercicios y que al final del
157
00:07:38,140 --> 00:07:41,450
mismo se han superado todas las
fases, pero no tienen plaza.
158
00:07:41,490 --> 00:07:44,160
Llegada al final se quedan fuera
por puntuación.
159
00:07:45,190 --> 00:07:49,180
¿Pero por su puntuación en su
parte específica, pero es que su
160
00:07:49,190 --> 00:07:53,240
puntuación, si su puntuación es
superior a la obtenida por otros
161
00:07:53,250 --> 00:07:55,650
aspirantes en el sistema de
acceso general, qué va a
162
00:07:55,660 --> 00:07:58,520
ocurrir?
¿Lo dejamos fuera o lo incluimos
163
00:07:58,970 --> 00:08:02,320
en el acceso general?
Lo incluimos en acceso general,
164
00:08:02,330 --> 00:08:04,890
si personas con discapacidad
superan todos los procesos
165
00:08:04,900 --> 00:08:08,170
selectivos, pero llegado al
final con su nota, aun así no
166
00:08:08,180 --> 00:08:12,150
obtienen plaza, se quedarían
fuera, pero su nota es superior
167
00:08:12,780 --> 00:08:15,730
a las plazas del proceso
selectivo general de gente que
168
00:08:15,740 --> 00:08:19,450
ha aprobado.
Se pasa por orden de puntuación
169
00:08:19,490 --> 00:08:22,570
al sistema de acceso general.
¿Habéis visto las 2 diferencias?
170
00:08:22,860 --> 00:08:27,490
O sea.
Tenemos como repaso un ine.
171
00:08:27,560 --> 00:08:30,580
Sean las convocatorias
ordinarias vale que van por
172
00:08:30,590 --> 00:08:34,080
separado y luego lista única.
Al final, si no se alcanza la
173
00:08:34,090 --> 00:08:37,570
tasa del 10 del 3% de las plazas
con discapacidad, se pueden
174
00:08:37,580 --> 00:08:40,340
acumular al 7% de la oferta de
empleo público siguiente, con
175
00:08:40,350 --> 00:08:44,120
ese límite máximo del 10%.
¿Y si, por otro lado, superan
176
00:08:44,130 --> 00:08:48,180
ejercicios y se quedan sin plaza
pero por nota es superior a la
177
00:08:48,190 --> 00:08:51,100
del general, se va a incluir por
nota en el general, vale?
178
00:08:52,410 --> 00:08:54,330
Esto con respecto a las
convocatorias ordinarias,
179
00:08:54,500 --> 00:08:56,410
también tenemos las
convocatorias por turno
180
00:08:56,420 --> 00:08:59,390
independiente por turno
independiente, que solo es para
181
00:08:59,400 --> 00:09:01,790
personas con discapacidad, no
hay cupo general.
182
00:09:02,000 --> 00:09:04,080
Vale, es una convocatoria
independiente solo para personas
183
00:09:04,090 --> 00:09:05,890
con discapacidad, igual lo
supera 3%.
184
00:09:06,130 --> 00:09:08,690
No hay más historias y luego
también está la reserva de ese
185
00:09:08,700 --> 00:09:12,830
7% en promoción interna.
Vale, pero un detalle en
186
00:09:12,840 --> 00:09:15,880
promoción interna que creo que
puede ser muy importante.
187
00:09:17,490 --> 00:09:23,170
Están el el apartado 5 del
artículo 12 de este, de esta
188
00:09:23,180 --> 00:09:26,000
orden de hacienda y función
pública, las 668 2017.
189
00:09:26,010 --> 00:09:29,510
Que te que te he comentado
antes, el apartado 5 dice esto.
190
00:09:30,260 --> 00:09:34,290
Las plazas reservadas para
personas con discapacidad que
191
00:09:34,300 --> 00:09:38,390
queden desiertas no podrán
acumularse a los turnos
192
00:09:38,400 --> 00:09:42,510
ordinarios de acceso.
Vale lo que hemos visto antes,
193
00:09:42,520 --> 00:09:44,590
las plazas de discapacidad que
quedan desiertas.
194
00:09:44,600 --> 00:09:47,130
Teníamos un detalle, si no
alcanzan la tasa del 3%, se
195
00:09:47,140 --> 00:09:49,460
acumulan a la oferta de empleo
público siguiente.
196
00:09:49,850 --> 00:09:52,750
Pero fíjate aquí las plazas de
discapacidad que quedan
197
00:09:52,760 --> 00:09:59,010
desiertas no pueden acumularse.
A los turnos ordinarios, vale,
198
00:09:59,180 --> 00:10:02,340
de forma general lo que es de
libre no puede acumularse las
199
00:10:02,350 --> 00:10:05,700
plazas con discapacidad que no
sean cubiertas libre, salvo en
200
00:10:05,710 --> 00:10:08,540
las convocatorias de promoción
interna que entonces sí.
201
00:10:09,260 --> 00:10:11,550
Las convocatorias de promoción
interna, si tenemos reservas
202
00:10:11,560 --> 00:10:14,710
para plazas con discapacidad,
pero no se cubren las plazas por
203
00:10:14,720 --> 00:10:18,420
discapacidad, pueden ir a la
parte general, pero solo en la
204
00:10:18,430 --> 00:10:21,920
promoción interna, no en libre.
El libre discapacidad no puede
205
00:10:21,930 --> 00:10:25,840
pasar a ordinario, pero en
promoción interna, discapacidad
206
00:10:25,850 --> 00:10:27,890
sí puede pasar a cubrir plazas
rutinaria.
207
00:10:28,710 --> 00:10:32,600
Toma el follón cito, vale, pues
ya tenemos la reserva de plaza y
208
00:10:32,610 --> 00:10:35,400
los tipos de convocatoria, vamos
a ver cómo puede ser el
209
00:10:35,410 --> 00:10:38,330
desarrollo de un proceso
selectivo, las personas con
210
00:10:38,340 --> 00:10:41,490
discapacidad serán admitidas en
igualdad de condiciones que el
211
00:10:41,500 --> 00:10:44,540
resto de los aspirantes.
Por supuesto, eso sí, tendrán
212
00:10:44,550 --> 00:10:47,740
que solicitar si es necesario,
adaptaciones o ajustes
213
00:10:47,750 --> 00:10:50,450
razonables.
Hay 2 tipos de ellos, la
214
00:10:50,460 --> 00:10:53,420
adaptación de medios de ajuste
razonable que son apoyos
215
00:10:53,430 --> 00:10:56,650
materiales humanos, ayudas
técnicas tecnológicas, etcétera,
216
00:10:56,870 --> 00:11:00,610
o la adaptación de tiempos que
consiste en un tiempo adicional
217
00:11:00,620 --> 00:11:03,020
para realizar la prueba.
En estos tiempos para realizar
218
00:11:03,030 --> 00:11:05,420
las pruebas del examen.
¿Dónde están regulados estos
219
00:11:05,430 --> 00:11:07,490
tiempos?
Están regulados en la orden pre
220
00:11:07,800 --> 00:11:10,950
1822 del 2006.
¿Hay que estudiarla, no?
221
00:11:10,960 --> 00:11:13,550
Ni de coña vale, pero
simplemente yo te lo tengo aquí
222
00:11:13,560 --> 00:11:16,550
como detalle, por si quieres
curiosear, vale para que sepas
223
00:11:16,700 --> 00:11:19,110
la adaptación de tiempo que
puede tener cada persona en
224
00:11:19,120 --> 00:11:22,760
función de su discapacidad.
Vale, las personas y las
225
00:11:22,770 --> 00:11:24,680
personas con discapacidad igual
o superior al de prisión por
226
00:11:24,690 --> 00:11:27,320
realizar la petición de estos
ajustes de tiempos y medios en
227
00:11:27,330 --> 00:11:30,400
la solicitud de participación,
reflejando las necesidades
228
00:11:30,410 --> 00:11:33,860
específicas que necesiten y
cuidado, debiendo adjuntar
229
00:11:33,870 --> 00:11:38,070
dictamen dictamen técnico del
del facultativo con ese grado de
230
00:11:38,080 --> 00:11:41,780
discapacidad para que se pueda
valorar la procedencia o no de
231
00:11:41,790 --> 00:11:44,260
esa concesión de medios o de
tiempo solicitada.
232
00:11:45,170 --> 00:11:49,990
¿Pregunta, qué tengo que hacer?
La adaptación solicitada por la
233
00:11:50,000 --> 00:11:53,800
persona con discapacidad será
otorgada de forma automática, o
234
00:11:53,810 --> 00:11:55,840
sea, en el momento que la
solicita se la van a dar sí o
235
00:11:55,850 --> 00:11:58,470
sí.
No, para nada.
236
00:11:58,600 --> 00:12:01,790
No se otorga de forma
automática, solo se da
237
00:12:02,030 --> 00:12:05,470
únicamente en los casos en que
la discapacidad guarde relación
238
00:12:05,480 --> 00:12:07,350
directa con la prueba a
realizar.
239
00:12:07,400 --> 00:12:10,520
¿Entonces sí, por lo tanto, una
pregunta de exámenes se otorga
240
00:12:10,530 --> 00:12:13,430
de forma automática la
adaptación por medios o por
241
00:12:13,440 --> 00:12:15,310
tiempo?
No, no se otorga de forma
242
00:12:15,320 --> 00:12:17,860
autómata.
Pues bien, seguimos.
243
00:12:18,610 --> 00:12:22,000
Superado el proceso selectivo
con el orden de puntuación ya
244
00:12:22,010 --> 00:12:25,050
publicado.
Hay que seleccionar puestos de
245
00:12:25,060 --> 00:12:28,070
trabajo, vale, esto ya te
ocurrirá a TI cuando apruebes
246
00:12:28,080 --> 00:12:31,030
todo, todo el proceso selectivo,
te veas con tu puntuación y
247
00:12:31,040 --> 00:12:33,540
digas, bueno, pues toda la
puntuación que tengo tengo que
248
00:12:33,550 --> 00:12:34,920
seleccionar estos puestos de
trabajo.
249
00:12:35,510 --> 00:12:39,080
Te voy a hacer otra pregunta.
¿Qué ocurre si una persona con
250
00:12:39,090 --> 00:12:43,180
discapacidad que por motivos de
dependencia, personal,
251
00:12:43,310 --> 00:12:47,560
dificultades de desplazamiento u
otras análogas debidamente
252
00:12:47,570 --> 00:12:50,510
acreditadas observa que, por
ejemplo en su lugar de
253
00:12:50,520 --> 00:12:53,660
residencia no hay puesto de
trabajo a elegir o por su
254
00:12:53,670 --> 00:12:56,860
puntuación vale, puede que le
toque en otra localidad?
255
00:12:56,870 --> 00:13:00,620
¿En otro municipio, provincia o
comunidad, vale, qué ocurre con
256
00:13:00,630 --> 00:13:04,040
este tipo de personas con
discapacidad que se ven que aún
257
00:13:04,050 --> 00:13:06,540
así, habiendo aprobado y
superado el proceso selectivo a
258
00:13:06,550 --> 00:13:08,940
la hora de seleccionar puesto de
trabajo, ve que se van?
259
00:13:09,240 --> 00:13:11,290
Lejos.
¿Qué pueden hacer?
260
00:13:11,960 --> 00:13:15,890
Pues, podrán solicitar al órgano
convocante la alteración del
261
00:13:15,900 --> 00:13:19,150
orden de prelación, pero para él
ni para él o para ella misma,
262
00:13:19,380 --> 00:13:22,070
vale para la elección de la
plaza es dentro del ámbito
263
00:13:22,080 --> 00:13:25,350
territorial en que se determine
la convocatoria, no más por
264
00:13:25,360 --> 00:13:28,170
estos motivos.
De dependencia que hemos estado
265
00:13:28,180 --> 00:13:29,890
hablando.
Motivos de dependencia personal,
266
00:13:29,900 --> 00:13:32,770
dificultades de desplazamiento u
otras análogas, se puede
267
00:13:32,780 --> 00:13:35,430
solicitar en la alteración del
orden de prelación de las
268
00:13:35,440 --> 00:13:37,850
plazas.
¿Qué hará el órgano convocante
269
00:13:37,860 --> 00:13:40,820
en este caso?
Pues decidirá si dicha
270
00:13:40,830 --> 00:13:44,070
alteración se encuentra
debidamente justificada.
271
00:13:44,370 --> 00:13:48,300
Para ello solicitará papeles y
deberá limitarse a realizar la
272
00:13:48,310 --> 00:13:50,340
mínima.
Y este es un tipo palabras que
273
00:13:50,350 --> 00:13:53,260
tenemos que marcar la mínima
modificación en el orden de
274
00:13:53,270 --> 00:13:56,430
prelación para poder proseguir,
para dar la posibilidad, la
275
00:13:56,440 --> 00:13:59,740
posibilidad vale de acceso al
puesto a la persona con
276
00:13:59,750 --> 00:14:03,440
discapacidad lo más cerca de
donde le haga falta realmente,
277
00:14:03,450 --> 00:14:09,130
pero la mínima modificación en
el orden de prelación vale la
278
00:14:09,140 --> 00:14:11,760
persona.
Con discapacidad si lo ve
279
00:14:11,770 --> 00:14:14,480
necesario, vale, pues esas
dificultades de dependencia
280
00:14:14,490 --> 00:14:16,780
personal, dificultades de
desplazamiento u otras análogas
281
00:14:16,790 --> 00:14:19,640
debidamente acreditadas, puede
solicitar al órgano convocante
282
00:14:19,650 --> 00:14:22,180
la alteración del orden de
prelación y el órgano convocante
283
00:14:22,190 --> 00:14:25,440
decidirá si sí o si no.
Y en caso de que decida que sí,
284
00:14:25,450 --> 00:14:28,700
vista toda la documentación,
ahora la mínima modificación en
285
00:14:28,710 --> 00:14:32,760
el orden de prelación.
Ven ya adjudicado el puesto
286
00:14:32,770 --> 00:14:35,280
correspondiente, pues ya esa
persona con discapacidad también
287
00:14:35,290 --> 00:14:37,810
podrá solicitar la adaptación al
puesto a su puesto
288
00:14:37,820 --> 00:14:39,480
correspondiente.
Las modificaciones las
289
00:14:39,490 --> 00:14:42,610
adaptaciones que sean necesarias
y ya por último, ya casi para
290
00:14:42,620 --> 00:14:45,450
cerrar la norma, nos queda el
capítulo 5, que son otras
291
00:14:45,460 --> 00:14:47,690
medidas, favorecer a las de
integración, que es la
292
00:14:47,700 --> 00:14:50,250
formación, adaptaciones y
ajustes razonables para que
293
00:14:50,260 --> 00:14:52,930
puedan participar en la
formación en condiciones de
294
00:14:52,940 --> 00:14:56,310
igualdad, y también podrán haber
cursos destinados únicamente a
295
00:14:56,320 --> 00:14:58,770
personas con discapacidad.
Ahí puedan haber una
296
00:14:58,780 --> 00:15:00,880
colaboración y cooperación con
otras entidades.
297
00:15:01,000 --> 00:15:04,250
Para cualquier tipo de cosa y
esto sí, al final el Ministerio
298
00:15:04,260 --> 00:15:07,180
de Hacienda y función pública va
a elaborar un informe anual con
299
00:15:07,190 --> 00:15:10,310
una información y estadísticas
que ellos consideran relevante,
300
00:15:10,630 --> 00:15:13,590
que todo es informe lo va a
elevar a la Comisión Superior de
301
00:15:13,600 --> 00:15:16,150
Personal y al Consejo Nacional
de Discapacidad.
302
00:15:16,560 --> 00:15:20,230
Vale así que.
Y perdón por todo el rollo por
303
00:15:20,240 --> 00:15:22,790
esta norma.
Para resumir con qué nos
304
00:15:22,800 --> 00:15:25,180
quedamos.
Grado de discapacidad igual o
305
00:15:25,190 --> 00:15:28,310
superior al 3%.
¿Reserva de plazas nuestros 722,
306
00:15:28,350 --> 00:15:32,150
vale, si estamos en una
convocatoria ordinaria y no sea
307
00:15:32,160 --> 00:15:34,550
cubrir el 3% de las plazas
convocadas, vale?
308
00:15:34,560 --> 00:15:37,550
Esa tasa se acumula a la oferta
de empleo público siguiente, con
309
00:15:37,560 --> 00:15:40,560
ese límite del 10%.
Hay adaptaciones de medios y de
310
00:15:40,570 --> 00:15:44,140
tiempos de adaptación, no se
otorga de forma automática si se
311
00:15:44,150 --> 00:15:46,110
ha superado ya el proceso
selectivo, se puede solicitar el
312
00:15:46,120 --> 00:15:48,680
órgano convocante, la alteración
del orden, prestación por esos
313
00:15:48,690 --> 00:15:50,280
motivos de dependencia.
¿Nadal, dificultad de
314
00:15:50,290 --> 00:15:52,740
desplazamiento y otras análogas
que estén debidamente
315
00:15:52,750 --> 00:15:55,880
acreditadas y como sabemos, no
se da de forma automática nada
316
00:15:55,890 --> 00:15:57,700
de esto, vale todo?
Hay que presentarlo a través de
317
00:15:57,710 --> 00:16:01,920
papeles y se tiene que valorar.
Así que ya ya ya está, vale.
318
00:16:02,290 --> 00:16:05,620
Como siempre muchas, muchas
gracias por ver los vídeos, por
319
00:16:05,630 --> 00:16:09,500
aguantar esos anuncios en breve
tienes el podcast y el resumen y
320
00:16:09,510 --> 00:16:11,500
nos vemos en el siguiente vídeo
hasta otra.
321
00:16:12,500 --> 00:16:30,200
Ah.
Ah.