April 26, 2026

¿Quiénes mandan realmente en las sociedades, las minorías o las mayorías?

¿Quiénes mandan realmente en las sociedades, las minorías o las mayorías?
¿Quiénes mandan realmente en las sociedades, las minorías o las mayorías?
Mis Preguntas con Roberto Pombo
¿Quiénes mandan realmente en las sociedades, las minorías o las mayorías?

Las democracias modernas buscan proteger a grupos excluidos frente al poder de las mayorías, pero esto ha hecho que algunos sectores mayoritarios sientan que sus intereses son desplazados. ¿Cuáles son los criterios para definir qué es una minoría y que no?

Para este capítulo hablamos con Fredy Barrero Escobar, director del área de Estudios Internacionales y Política de la Universidad Sergio Arboleda; con Sandra Borda, profesora de ciencia política y estudios globales en la Universidad de los Andes; con Joshua Mitrotti, historiador y politólogo; con el exdefensor del pueblo, Carlos Negret; y con el politólogo y representante a la cámara, Mauricio Toro.

0:06 Soy Roberto Pombo. Bienvenidos a Mis Preguntas, un programa de Prisa Media patrocinado por CAFAM, una caja llena de oportunidades para trabajadores, empresarios y emprendedores. CAFAM, una caja llena.¿ Quién manda realmente en las sociedades, las minorías o las mayorías? Las democracias modernas buscan proteger a grupos excluidos frente al poder de las mayorías, pero esto ha hecho que algunos sectores mayoritarios sientan que sus intereses son desplazados.¿ Cuáles son los criterios para definir qué es una minoría y qué no? Para este capítulo hablamos con Freddy Barrero Escobar, director del Área de Estudios Internacionales y Política de la Universidad Sergio Arboleda.

0:52 Con Sandra Borda, profesora de Ciencia Política y Estudios Globales en la Universidad de los Andes. Con Joshua Mitrioti, historiador y politólogo. Con el exdefensor del pueblo, Carlos Negrete. con el politólogo y representante de la Cámara, Mauricio Toro. Soy Roberto Pombo y este es el capítulo 189 de Mis Preguntas. Bienvenidos. Hay una frase que ha dominado los designios de la humanidad por mucho tiempo, Vox Populi, Vox Dei, una máxima en latín que dice que la voz del pueblo es la voz de Dios. Mejor dicho, la opinión popular y el clamor de la gente debe ser respetado porque es una especie de designio divino. Pero como el pueblo es un concepto muy amplio, le dediqué todo un capítulo, el 83, se lo recomiendo mucho. Pues una solución sencilla para entender esa voluntad fue numérica. Diez es más que siete. Eso genera automáticamente una mayoría y una minoría. Y desde hace mucho tiempo, un pilar de la democracia ha sido ese, la voz de la mayoría. Y como todo en el universo, esto también hizo que existieran las minorías. Pero hay que hacer una claridad antes de cualquier análisis, y es sobre la misma palabra minoría. Si le preguntamos a cualquier persona en la calle qué es una minoría, lo más probable es que responda que un grupo pequeño de personas que tiene menos gente. Y eso tiene sentido en el lenguaje cotidiano, pero en las ciencias sociales y en el derecho, esa respuesta es incompleta y a veces directamente incorrecta. El sociólogo

2:26 Louis Wirth, uno de los primeros en sistematizar el concepto en el siglo XX, definió un grupo minoritario como un grupo de personas que por sus características físicas o culturales son señaladas de las demás en la sociedad en la que viven por recibir un trato diferenciado y desigual y que por tanto se consideran objeto de discriminación colectiva. Y dense cuenta de que Wirth no habla de número, sino de desigualdad de trato y poder. El caso más clásico para ilustrar esa definición es la Suráfrica del apartheid. La población negra constituía la mayoría numérica del país, pero era tratada como minoría en términos de derechos y poder político.

3:09 En algunos lugares, los grupos étnicos subordinados pueden constituir una mayoría numérica como los negros en Suráfrica bajo el apartheid. Este caso, que es solo uno de muchos, como es el de las mujeres, nos muestra que una minoría no es necesariamente el grupo más pequeño, sino el grupo con menor poder. Minorías hay muchas, como las minorías nacionales y étnicas, las lingüísticas, las religiosas, las sexuales o de género, las políticas o las económicas. Pero el debate se enciende cuando se pregunta qué define una minoría. Ahí todo se complica y hay desacuerdos. El Grupo de Trabajo sobre Minorías de las Naciones Unidas ha debatido esto por décadas sin llegar a una definición vinculante. La dificultad, como señala el experto de la ONU, José Bengoa, es que el mundo contemporáneo se ha transformado en un bullir creciente de identidades que alegan tener historia, trayectorias colectivas y tradiciones con motivos suficientes para ser reconocidas como entidades particulares, singulares, diferenciadas de la sociedad mayoritaria.¿ Cuáles son los criterios para definir qué es una minoría y qué no? Le trasladé la pregunta a Freddy Barrero, director del Área de Estudios Internacionales y Política de la Universidad Sergio Arboleda.

4:28 Una definición de minoría podría ser un grupo poblacional conformado por un número de inferior al total de la población, por un número de personas inferior al total de la población. Eso digamos que es una primera aproximación. Y la otra es, uno puede entender también una minoría de aquellos grupos poblacionales que han sido, digamos, marginados de algunos espacios sociales, políticos e económicos. que es, digamos, por eso muchas veces se habla de los jóvenes, de las mujeres, etc., etc., como grupos poblacionales minorías, y pues, digamos, las mujeres no son minoría, pero al ser marginadas, de esos espacios de decisión política, social o económica. Por eso muchas veces en algunos ámbitos se determina que las mujeres son una minoría.

5:39 Cuando pensamos en democracia, casi siempre terminamos pensando en votos. El que más votos saca, gana. El que pierde, acata. Así de simple. Pero a esa idea, cuando se la mira de cerca, se le empiezan a ver las costuras y ya lo notaron filósofos hace más de 2.000 años. Platón, en la Antigua Grecia, advertía que el gobierno de la multitud podía degenerar en demagogia y finalmente en tiranía. Y la historia es un espejo bastante incómodo y se ha encargado de mostrarnos que, en efecto, las decisiones de las mayorías pueden ser tiránicas. En distintos momentos de la historia... varias mayorías han respaldado decisiones bastante violentas. La propia teoría política reconoce ese problema y lo nombra, sin rodeos, la tiranía de las mayorías, una situación en la que el número se convierte en una forma de imponer y excluir.

6:29 En la filosofía política liberal, las mayorías se asocian con males contra los que la sociedad debe estar alerta, parafraseando al filósofo inglés John Stuart Mill. Argumentaba Mill que la expresión la voluntad del pueblo es engañosa porque en la práctica significa la voluntad de la parte más numerosa o más activa del pueblo, la mayoría o aquellos que logran hacerse aceptar como tal. En consecuencia, el pueblo puede desear oprimir a una parte de su número y se necesitan precauciones tanto contra esto como contra cualquier otro abuso del poder. Se trata de la tiranía social. que aspira a obligar a todos a aceptar un cuerpo de convicciones, aunque contraríen su libre pensar. Otro que le dedicó bastante tiempo y tinta al tema de las mayorías fue el pensador político francés Alexis de Tocqueville, que decía que en las democracias la mayoría tiende a concentrar un poder muy fuerte, no solo político, sino también sobre la opinión. Según el artículo La persecución y el arte de la libertad, publicado en Cambridge University Press, Tocqueville describe la opinión de la mayoría como algo que puede volverse casi irresistible dentro de la sociedad, al punto de que, abro comillas, nada fuera de la mayoría puede ofrecer resistencia, cierro comillas. Ese poder tiene una consecuencia que las minorías y las personas que piensan distinto pueden quedar aisladas o presionadas a conformarse. Tocqueville advierte que la mayoría no solo decide,

8:02 también impone una forma de pensar diferente. lo que reduce la libertad de discusión y la independencia de juicio. Entonces, cualquier pensamiento que no se ajuste a esa normalidad es visto como algo forastero, ajeno y muchas veces peligroso, lo que genera un estigma. Porque si la decisión de la mayoría es lo correcto, para muchos lo que propone la minoría es, en contraparte, algo negativo. Si entendemos la democracia como el gobierno de las mayorías,¿ en qué momento esa lógica empieza a volverse problemática? Le trasladé la inquietud a Sandra Borda, profesora de Ciencia Política y Estudios Globales de la Universidad de los Andes La democracia no se puede entender única y exclusivamente como el gobierno de las mayorías porque en primera medida las mayorías pueden estar equivocadas en algunos momentos y en segundo lugar las mayorías a veces pueden tomar decisiones Y no solo equivocada, sino abiertamente en detrimento de los derechos de las minorías. Por eso es que el sistema democrático acompaña la idea de la voluntad de las mayorías con la idea del Estado de Derecho, porque lo que eso sugiere...

9:14 es justamente que la voluntad de las mayorías tiene un límite y ese límite particular son los derechos de las minorías y los derechos de todos. Las mayorías no pueden atentar contra esos derechos. Por eso es que uno no somete a la decisión de las mayorías los derechos, por ejemplo, de la población LGTBIQ+, o los derechos de la población de mujeres, como en algún momento se quiso hacer, un referendo para que la mayoría decidiera si se le otorgaba o no el derecho a las mujeres a interrumpir voluntariamente los embarazos al aborto. Ese tipo de decisiones no se le pueden entregar a las mayorías porque limitan, restringen los derechos de las minorías. Entonces, lo que es clave para entender justamente los límites de esa voluntad son los derechos de los otros. Y ese es el balance que tienen que mantener siempre las democracias, el balance entre lo que quieren los ciudadanos, mayoritariamente hablando, y el respeto a los derechos.

10:19 de que cada persona tenga un voto que vale lo mismo y que las decisiones reflejan la voluntad colectiva. Esa regla sigue siendo hoy el corazón del sistema, pero incluso desde la teoría esa regla tiene límites. No todo se puede decidir por mayoría. Hay decisiones que quedan fuera del alcance del voto porque afectan las reglas del juego o los derechos básicos, mejor dicho, los derechos humanos. El jurista, abogado, filósofo y politólogo italiano Norberto Bobbio Lo explica de manera sencilla. Dice que hay metarreglas que no pueden ser modificadas por mayorías porque sin ellas el sistema deja de funcionar. Esto implica que la mayoría no es soberana en términos absolutos.

11:01 La democracia no es sólo contar votos, sino decidir qué cosas no se pueden votar, como ciertos derechos fundamentales. Por ejemplo, no se puede someter al voto el derecho al agua o a la educación de una comunidad porque son derechos humanos inalienables. Esta forma de entender la democracia y el derecho hizo que se diera un vuelco. Después de las tragedias de las guerras del siglo XX, especialmente por los regímenes totalitarios que se dieron en ese siglo, el derecho empezó a cumplir otro papel, ya no solo el de organizar el poder, sino que también el de contenerlo y ponerle unos límites. Los derechos humanos se consolidaron como un límite explícito frente a las decisiones mayoritarias. Se convirtieron en una condición de legitimidad, o sea, que el poder es válido solo si respeta esos derechos. Esto introduce una idea incómoda para la democracia clásica, que una mayoría puede decidir algo y aún así estar equivocada jurídicamente. En este punto surge un giro de una pregunta antagónica.¿ Y si las minorías terminan teniendo demasiado poder? Según el Estudio El papel de las minorías inflexibles en la ruptura de la dinámica de la opinión democrática del investigador Serge Galam, publicado en la Universidad de Cornell, una minoría que se mantiene firme en su posición puede cambiar la opinión de la mayoría cuando alcanza aproximadamente el 17% de la población, incluso si al inicio está en clara desventaja. Este punto de vista sugiere que el poder no depende únicamente del tamaño, sino

12:33 de la consistencia y la capacidad de sostener una posición. El politólogo estadounidense Stephen Devinsky, autor del famoso libro Cómo mueren las democracias, señala que hay dos tipos de tiranías que amenazan a las democracias modernas. La primera es la tiranía de la mayoría que ya mencionamos. Pero la segunda es la tiranía de la minoría, cuando pequeños grupos organizados bloquean la voluntad de la mayoría y concentran el poder a su favor. En este caso, no se refieren a minorías como grupos excluidos, sino con grupos numéricamente menores en comparación con otros. Levitsky cita como ejemplo el caso de Estados Unidos y su modelo político, en el que el Partido Republicano ha ganado poder nacional por años sin ganar la mayoría del voto popular anteriormente. gracias a instituciones diseñadas hace siglos que hoy sobre representan a ciertos estados. Busqué a Joshua Mitrioti, historiador, politólogo y exdirector de la Agencia para la Reincorporación y la Normalización, para preguntarle,¿ son los multimillonarios del mundo una minoría que se impone a la mayoría?

13:41 Que los multimillonarios del mundo se imponen a la mayoría, yo creo que es una aseveración compleja y tiene distintos matices. Si bien los multimillonarios representan una facción muy pequeña de la población mundial, sí controlan una proporción muy grande de la riqueza global. Pero afirmar esto es desconocer que hay muchos multimillonarios que han hecho y han abogado por causas sociales, por procesos como por ejemplo la conservación de la Amazonía, la conservación de la Patagonia. etcétera, etcétera, o que las grandes fundaciones empresariales no están haciendo un papel en cuidar los valores, en generar movilidad, en transformar dinámicas sociales. También creo que es desconocer que el sistema democrático tiene unos pesos y contrapesos y que al final a los gobernantes los eligen los votos. Y es el voto de la mayoría.

14:34 Y ahí los multimillonarios tienen poco peso, pero claramente los multimillonarios tienen capacidad de lobby, capacidad de injerencia en decisiones económicas, políticas, sociales, tecnológicas a través de distintas. formas, como puede ser la inversión, el lobby, las campañas, etcétera, etcétera. Pero no creo que los multimillonarios dominen al mundo, pero creo que los multimillonarios podrían hacer más porque el mundo sea más justo, más equitativo y más equilibrado. La cuestión sobre minorías, mayorías y derechos no es nada sencilla. Le ha tomado siglos a la humanidad resolverlo. El Consejo de Europa, en su Manual de Educación de Derechos Humanos, lo dice con claridad. La regla de la mayoría, si no está respaldada por la garantía de los derechos humanos para todos, puede llevar a la adopción de decisiones que son perjudiciales para las minorías. Y el hecho de que estas decisiones sean voluntad del pueblo no pueden darles ninguna justificación.

15:38 Como decía antes, muchos grupos minoritarios no lo son por un aspecto numérico, sino por su condición de discriminación, por ejemplo las mujeres. y por eso deben establecerse unos derechos especiales y tratamientos diferenciados en condición de esa discriminación. Ya hay una idea en la que se basa este principio, que los derechos están por encima de la política, que funcionan como un límite claro frente a lo que quiere la mayoría. Pero,¿ de dónde salen estos derechos? El filósofo John Rawls explica que las reglas básicas de una sociedad, incluidos los derechos, surgen de acuerdos entre ciudadanos que piensan distinto, pero logran coincidir en ciertos principios para convivir. Por su lado, el filósofo Jürgen Habermas dice que los derechos no nacen por fuera de la sociedad, sino dentro de ella, a través del debate público. Los derechos se forman en procesos de deliberación entre ciudadanos y se legitiman en ese intercambio.

16:35 Ese origen político de los derechos ayuda a entender que muchas veces avanzan sin que exista una mayoría clara que lo respalde. El ejemplo que mejor explica esto es el de la segregación racial en Estados Unidos. En 1954, la Corte Suprema declaró inconstitucional la separación de estudiantes por raza en el caso Brown contra la Junta de Educación. Según los archivos nacionales de Estados Unidos, esta decisión se tomó en un contexto en el que la segregación seguía teniendo apoyo en varios estados del país. Décadas después, el reconocimiento del matrimonio entre personas del mismo sexo siguió un camino parecido. En el caso Overfeld v. Hodges de 2015, la Corte Suprema reconoció ese derecho basándose en los principios de igualdad y debido proceso, sin depender de una votación mayoritaria directa. Y si algo tienen en común estos dos casos, y muchos más en todo el mundo, es que muchos de estos derechos de las minorías los terminan decidiendo jueces, lo que abre otra discusión. El filósofo del derecho Jeremy Waldron cuestiona ese modelo en un artículo suyo publicado en la revista de derecho The Jail. Plantea que en sociedades donde existen elecciones libres y debate público activo, trasladar decisiones sobre derechos a los jueces reduce el espacio de participación ciudadana porque son ellos quienes terminan resolviendo desacuerdos que pertenecen a la sociedad.

18:02 Según Waldron, en temas de derechos la gente no está de acuerdo y ese desacuerdo debería resolverse en espacios democráticos, no en tribunales. Cuando se analiza el poder de los jueces frente a las mayorías, aparece un debate central en la teoría política y jurídica contemporánea. La revisión judicial permite a los tribunales anular decisiones que contradicen la Constitución. Textos de referencia como la Enciclopedia de Filosofía de Stanford explican que este mecanismo introduce límites al poder de las mayorías. Al mismo tiempo, abre preguntas sobre la legitimidad de que jueces no elegidos tomen decisiones con efectos políticos amplios. Esa idea también aparece en el ámbito internacional. La Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos sostiene que los derechos humanos establecen límites a la acción del Estado, incluso cuando esas acciones cuentan con respaldo mayoritario, precisamente porque para evitar abusos contra individuos o grupos. Esto genera otra pregunta que no tiene respuesta fácil.¿ Qué pasa cuando una minoría tiene prácticas internas que violan los derechos de sus propios miembros, especialmente de mujeres y niñas? Esto me contó el abogado y exdefensor del pueblo, Carlos Negrete.

19:22 Es una tensión real, no un falso dilema. Las minorías étnicas, por ejemplo, tienen derecho a su autonomía cultural y a sus formas propias de organización. Eso responde a siglos de intentos de asimilación forzada que causaron un daño enorme. Pero los derechos humanos tienen una característica fundamental, son de las personas, no de los grupos. Ninguna tradición ni autoridad comunitaria puede legitimar la violación de los derechos de una niña o de una mujer. La pertenencia a un grupo nunca puede convertirse en una cárcel para quienes lo integran. Yo creo que la clave está en dos ideas. Primero, el sujeto de derechos siempre es la persona. Una mujer indígena tiene derecho a su identidad cultural, a vivir libre de violencia.

20:07 No tiene que elegir entre una y otra. Y segundo, la transformación de esas prácticas en lo posible tiene que venir desde adentro de las propias comunidades. Cuando el Estado interviene imponiendo, suele generar más daño que bien. Por ejemplo, hay muchos movimientos de mujeres indígenas afrodescendientes liderando esos cambios desde adentro. Y ese es el camino más legítimo. Respetar a una minoría no es blindar sus prácticas, es reconocer la dignidad de cada una de las personas que la componen. En Colombia tenemos nuestra propia discusión por este tema tan amplio y espinoso. La constitución del 91 cambió muchas cosas para las minorías. Antes de 1991 éramos un país que jurídicamente ignoraba a buena parte de la población. Los indígenas eran clasificados en la constitución anterior La del 86, como salvajes, eran candidatos a ser reducidos a la civilización. Las comunidades afrocolombianas no existían como sujetos políticos y la diversidad, más que una riqueza que había que proteger, era un problema que había que solucionar. La Constitución del 91 cambió radicalmente ese aspecto. Fue en la sentencia C-139 de 1996 de la Corte Constitucional. El magistrado oponente fue Carlos Gaviria Díaz. que se declararon inconstitucionales los artículos que trataron a los grupos étnicos de esa manera por más de 100 años. Los grupos étnicos son considerados por la Constitución actual como comunidades culturales diferentes, sujetos culturales plenos,

21:41 con derecho a vivir a tono con sus creencias y a perseguir las metas que juzgan. Hay algunos derechos que han ganado las minorías que no tienen una consecuencia directa sobre las mayorías. Por ejemplo, el matrimonio entre parejas del mismo sexo es un logro que le permitió a muchas personas de la comunidad LGTBIQ acceder a los beneficios de una unión marital formal. Que se haya conseguido este derecho no implica un retroceso para la mayoría o para los demás miembros de la sociedad. Sin embargo, hay otras decisiones que se toman en beneficio de las minorías que tienen impacto directo en las mayorías. Y quizás uno de los ejemplos más comunes y polémicos se trata de las consultas previas.

22:22 El Censo Nacional Poblacional y Vivienda de 2018 del DANE registró que el 9,34% de la población se reconoce como afrodescendiente y el 4,4% como indígena. Una característica central de estas comunidades es su relación con el territorio. Según el Instituto Humboldt, los territorios colectivos indígenas, afrodescendientes y campesinos cubren el 33,6% de la superficie terrestre del país, lo que les da un papel directo en la gestión de una parte significativa del territorio nacional. La ubicación geográfica Y el reconocimiento legal de esos territorios convierte a estas comunidades en actores obligatorios que sí o sí terminan inmersos en discusiones sobre minería, infraestructura, medio ambiente y uso del suelo. Esto explica por qué existen mecanismos como la consulta previa, que funciona como una herramienta para gestionar conflictos entre proyectos de alcance nacional y derechos de comunidades que tienen control sobre partes relevantes del territorio.

23:25 En la sentencia SU-039 de 1997 de la Corte Constitucional, el Tribunal estableció que la consulta previa es un derecho fundamental ligado a la supervivencia cultural de esas comunidades y que debe realizarse antes de ejecutar proyectos en sus territorios. En la práctica, varios proyectos de minería, hidrocarburos, infraestructura han sido suspendidos o modificados cuando no cumplen con ese requisito. Informes de la Defensoría del Pueblo han señalado que la falta de consulta previa ha sido una de las principales causas de conflictos sociales en regiones con presencia de comunidades étnicas. Sectores económicos y políticos han señalado que la aplicación de la consulta previa puede retrasar, y de hecho lo ha hecho, proyectos estratégicos para toda la nación. Es decir, dejar de explotar bienes hace que el país tenga menos recursos. La investigación Consulta Previa Ciudadanías Diferenciadas y Conflicto Socioambiental de la Universidad de Antioquia explica que la consulta previa se convirtió en un espacio donde chocan distintas visiones de país, desarrollo económico, protección del territorio, identidad cultural y uso de los recursos naturales.

24:38 El texto muestra que no existe un acuerdo básico sobre qué debe priorizarse. Cada actor tiene entra al proceso con intereses distintos y con niveles de poder muy desiguales. Distintos estudios sobre consulta previa en Colombia coinciden en que este mecanismo no siempre logra reducir conflictos. Un trabajo de la Universidad del Valle sobre casos en Chocó y La Guajira muestra que la consulta previa se desarrolla muchas veces en contextos de conflicto socioambiental donde ya existen tensiones previas entre comunidades, empresas y Estado.¿ Cómo debería resolverse esa tensión entre decisiones que afectan a toda la nación y derechos de comunidades específicas?

25:20 Busqué al politólogo y representante a la Cámara, Mauricio Toro. Esto me dijo. Las consultas previas sin duda requieren de una reglamentación y una modificación de la ley para garantizar que no se vuelvan un obstáculo para la realización de proyectos en todo el país. y para garantizar que sean respetados los derechos de las comunidades en un equilibrio. Hoy, desgraciadamente, vemos que muchas veces esas consultas se volvieron un instrumento para casi que extorsionar a las empresas que están haciendo inversión en algunos de esos territorios, donde la consulta previa pide más que el propio proyecto que se va a realizar en la región. Por lo tanto, debe haber una reglamentación, una regulación, decidir en qué casos se aplica la consulta previa, en qué casos no debe haber consulta previa, y en los que haya claramente definir unos topes máximos de acuerdo a las necesidades de la comunidad y al tamaño también del proyecto.

26:15 Así que ojalá en este próximo Congreso podamos avanzar en la reglamentación de la consulta previa en Colombia que proteja los derechos de las comunidades, que es muy importante, que genere una conversación dual entre todos los actores que van a estar en ese proceso de inversión para que así se vuelva un proyecto que estimule la producción en la región y de esa manera también el desarrollo que hoy no están teniendo las regiones. Las sociedades contemporáneas no están gobernadas exclusivamente ni por las mayorías ni por las minorías, sino por un entramado complejo en el que el derecho actúa como árbitro. Este equilibrio, aunque imperfecto y en constante disputa, es uno de los logros más importantes del pensamiento jurídico moderno. Asegurar que el poder...

27:02 Cualquiera que sea su origen tenga límites cuando amenaza la dignidad humana. Soy Roberto Pombo y este fue el capítulo 189 de Mis Preguntas. Nos vemos en el próximo capítulo. A partir de este momento, este capítulo de Mis Preguntas queda disponible en todas las plataformas de podcast. Este episodio fue posible gracias a CAFAM, aliado estratégico en el crecimiento de más de 40.000 empresas en Colombia. Dirección Roberto Pombo. Asesor editorial, Daniel Sanpero Espina. Producción, Juan Abel Gutiérrez y Johnny Rodríguez. Guiones, Juan Abel Gutiérrez y Johnny Rodríguez. Postproducción de audio, Iván Ayala.